Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremejía. (02809/2023)
Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "Hostelería Los Lastra"
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Ayuntamiento de Torremejía

Anuncio 2809/2023

- Que se respete su dignidad personal.
- Derecho a la igualdad de oportunidades, la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad
económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por deficiencias físicas, psíquicas
o sensoriales, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Recibir una formación conforme a los objetivos del Programa y a las necesidades y posibilidades personales
de cada alumno.
- Realizar cuantas actividades culturales complementarias ayuden a fomentar su formación integral.
- Utilizar las instalaciones, mobiliario y material del Programa para los fines que le son propios.
- Disponer del vestuario y utensilios adecuado para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de
seguridad e higiene en el trabajo.
- Elegir a sus delegados y representantes.
- Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen oportunas, bien a título
personal o a través de su delegado.
- Los propios del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 12.- Deberes.
- Respetar las normas internas del Centro y las instrucciones del personal técnico en el ejercicio de las
funciones que cada uno tenga encomendadas.
- Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del Programa, así como mantener una actitud cívica
en su comportamiento personal.
- Cumplir con las obligaciones derivadas del Plan de Formación y realizar de forma responsable las tareas
efectivas que se deriven del mismo.
- Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuantas tareas se realicen
durante la jornada. Comunicarán con antelación cualquier salida del puesto de trabajo que tengan que
realizar (médico, notario, examen…).
- Respetar las instalaciones, mobiliario y material del centro.
- Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo, reponiéndolo en caso de pérdida de la herramienta personal.
- Cumplir las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo. Nunca deben quitarse los
equipos de protección individual necesarios para realizar las tareas.
- Aplicar las buenas prácticas ambientales en el puesto de trabajo.
- Los propios del estatuto de los Trabajadores.
CAPÍTULO VI. RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 13.- Consideraciones Generales.
Todos los integrantes del Programa son responsables del cuidado de las instalaciones donde se desarrolla nuestra actividad
(centro de formación y talleres) y de todo lo que contienen.
Para el buen funcionamiento del proyecto es necesario el silencio, la limpieza y el respeto y todos velaremos por
mantenerlo.
Tanto la formación específica como la complementaria son obligatorias.
Artículo 14.- Graduación de las faltas.
Las faltas cometidas por los trabajadores se clasificarán atendiendo a su importancia, y en su caso a su reincidencia, en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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