Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Mérida). (02466/2023)
Orden de 27 de abril de 2023 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del Tribunal Único, para la provisión de 61 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura
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Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio

Anuncio 2466/2023

Emergencias, Protección Civil e Interior.
Asimismo, el órgano de selección elaborará, también por orden decreciente de puntuación, una lista de
reserva con un número de personas aspirantes que será, como mínimo, igual al de aprobadas. En la lista de
reserva figurarán aquellas que, aunque superaron el proceso selectivo, no resultaron aprobadas por obtener
una puntuación inferior a la de la última persona que obtuvo plaza.
8.3. Elección de plaza.
La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior convocará a quienes obtuvieron plaza,
conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, a una reunión presencial para elección de la misma, dentro
de las comprendidas en la convocatoria en el proceso selectivo unitario, por riguroso orden de la puntuación.
La concurrencia por parte de las personas aprobadas a la reunión prevista en este artículo es obligatoria, con
la única excepción prevista para las mujeres embarazadas en el apartado c) de la base séptima de la presente
convocatoria.
A las personas aprobadas que no comparezcan personalmente o por medio de representante a la elección de
plazas, se les adjudicarán, una vez concluido el proceso, las restantes, según la puntuación obtenida en el
proceso selectivo y atendiendo al criterio de proximidad geográfica al domicilio incluido en su solicitud.
8.4. Nombramiento como personal funcionario en prácticas:
Asignadas las plazas de acuerdo con lo previsto en el artículo anterior, la Academia de Seguridad Pública de
Extremadura publicará en su página web la relación de las personas y plazas adjudicadas, que también
comunicará oficialmente a los correspondientes ayuntamientos, junto con la fecha prevista para el comienzo
del preceptivo curso selectivo de formación.
Con carácter previo a la fecha del inicio del Curso Selectivo en la Academia de Seguridad Pública de
Extremadura, los ayuntamientos nombrarán a las personas aspirantes como personal funcionario en
prácticas, debiendo comunicar tales nombramientos a la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
En caso de renuncia, fallecimiento, falta de justificación de los requisitos para el nombramiento, incapacidad
absoluta sobrevenida o concurrencia de cualquier otra causa que impida el nombramiento de una persona
aspirante como personal funcionario en prácticas o prive de eficacia al nombramiento ya realizado, el
ayuntamiento comunicará esta circunstancia a la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, que
sustituirá a la persona afectada por la primera que figure en la lista de reserva, siempre con anterioridad al
desarrollo del correspondiente curso selectivo de formación.
8.5. Presentación de documentos.
Una vez publicada la relación de las personas y plazas adjudicadas, éstas deberán presentar en la Academia
de Seguridad Pública de Extremadura, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a
dicha publicación, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de
esta convocatoria, a efectos de poder trasladar a los respectivos ayuntamientos su propuesta de
nombramiento como funcionario o funcionaria en prácticas.
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos,
salvo causas de fuerza mayor debidamente acreditadas, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas
todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en su
solicitud de participación en la convocatoria. En este supuesto, la Academia de Seguridad Pública de
Extremadura incluirá en la relación de personas aprobadas a la siguiente por orden de puntuación y realizará
una nueva convocatoria de elección de plazas a partir de la posición que ocupara la plaza afectada en la
relación de personas aprobadas.
Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público no deberán justificar las condiciones y
requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del
Ministerio, Corporación u organismo público de que dependan, acreditando su condición y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicio.
Novena.- Curso Selectivo en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
Finalizada la primera parte del proceso selectivo, las personas seleccionadas, deberán superar un curso de formación en la
Academia de Seguridad Pública de Extremadura por un período mínimo de cinco meses, cuatro en la sede de la Academia y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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