Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadiana. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02476/2023)
Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "Revestimientos Técnicos"
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Ayuntamiento de Guadiana

Anuncio 2476/2023

Reincidir en el comportamiento apático, falta de interés.
Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y herramientas.
La falta reiterada (3 faltas leves) de rendimiento intencionado que afecte al normal
desenvolvimiento del Programa Colaborativo Rural "Revestimientos Técnicos Guadiana".
El uso inadecuado/sin autorización de cualquier medio de transporte durante la jornada
laboral.
La práctica de todo tipo de juegos, uso de móviles o máquinas encaminadas a distraer la
atención de los alumnos-trabajadores durante el horario del trabajo y formación.
A.3.- Faltas muy graves:
Tres faltas graves de puntualidad sin causa justificada en el plazo de 30 días. El plazo
comienza a contar a partir de la primera falta.
El incumplimiento culpable o manifiesta insubordinación respecto de las órdenes
impartidas por los superiores en el ejercicio de su trabajo, del que se derive perjuicio
grave para el servicio.
La notoria falta de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
Haber sido sancionada en más de una ocasión por incurrir en falta grave.
Acudir al puesto de trabajo en estado de embriaguez o drogadicción, o alcanzar tal
estado durante el horario del mismo.
La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable de los equipos propios del
Programa Colaborativo Rural "Revestimientos Técnicos Guadiana" que puedan
ocasionar daños materiales y poner en peligro la seguridad propia o ajena.
La rotura y/o destrucción intencionada de maquinarias, herramientas, materiales e
instalaciones del Programa Colaborativo Rural "Revestimientos Técnicos Guadiana".
Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad pueda ser
calificado como tal.
B) Sanciones:
Atendiendo a la gravedad de la falta cometida, se sancionará del modo siguiente:
B.1.- Faltas leves:
Primera falta: Parte falta leve del monitor/a.
Segunda falta: Parte falta leve del monitor/a más parte de dirección.
Tercera falta: Apercibimiento de la dirección por escrito, que se unirá a su expediente.
B.2.- Faltas graves:
- Suspensión Programa Colaborativo Rural "Revestimientos Técnicos Guadiana" y
sueldo de uno a seis días, mediante comunicación escrita de las causas que la
motivan.
B.3.- Faltas muy graves:
Suspensión del Programa Colaborativo Rural "Revestimientos Técnicos Guadiana" y
sueldo durante el plazo de 7 días a un mes, mediante comunicación expresa de las
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