Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02423/2023)
Bases para la provisión, como funcionarios de carrera, mediante el sistema de oposición libre, de tres plazas de Agentes de la Policía Local
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 2423/2023

La no presentación de dicho certificado supondrá la imposibilidad de realización de la prueba, quedando
desde ese momento, excluida del proceso selectivo.
b) Prueba de conocimientos: Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de hasta 100
preguntas con varias respuestas cada una, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario
establecido para cada categoría en el anexo III de este decreto. El tiempo máximo para la realización del
mismo será de 120 minutos.
Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente. Las preguntas no
contestadas no restarán respuestas correctas.
El Tribunal de Selección incluirá 10 preguntas adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el
cuestionario, para el caso de anulación posterior de alguna de las anteriores, de manera que sólo serán
tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a medida que se vaya produciendo esa circunstancia.
c) Prueba práctica: Consistirá en contestar las preguntas, formuladas con varias respuestas alternativas cada
una de ellas, en relación a uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal de Selección. La nota
final de esta prueba vendrá determinada por la media aritmética de la suma de las notas obtenidas en cada
supuesto, en el caso de plantear más de uno, siendo necesario para superar dicha prueba obtener una nota
final mínima de cinco (5) puntos. Los supuestos prácticos versarán sobre materias de la parte específica del
programa incluido en el anexo III, categoría de Agente de la Policía Local Turno Libre, del Decreto 64/2022, de
8 de junio.
d) Prueba psicotécnica: Consistirá en un cuestionario tipo test dirigido a determinar por un lado la aptitud
psicológica de la persona aspirante; y por otro, la adecuación de la misma al perfil profesional del puesto de
policía local. El Tribunal de Selección deberá haber aprobado, siempre con carácter previo a dicha prueba,
tanto el contenido, como los criterios de evaluación y superación de la misma.
e) Reconocimiento médico: Se realizará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas contenida en el anexo I
del Decreto 64/2022, de 8 de junio, con el objeto de garantizar la idoneidad física de la persona aspirante para
el desempeño de la función policial.
El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los y las aspirantes.
Octava. Calificación de las pruebas, relación de personas aprobadas y presentación de documentación.
8.1. Calificación de las pruebas:
Todas las pruebas serán obligatorias para todos los y las aspirantes, y tendrán carácter eliminatorio.
Para la realización de una prueba se precisa haber superado la anterior.
El ejercicio de la prueba de conocimiento tipo test (a) se valorará de 0 a 10 puntos.
Para superar la prueba se deberá obtener un mínimo de 5 puntos, una vez aplicados los criterios de
corrección expresados anteriormente en el apartado a) de la base séptima.
El ejercicio de la prueba práctica tipo test (b) se valorará de 0 a 10 puntos.
Para superar esta prueba se deberá obtener un mínimo de 5 puntos tras la aplicación de los criterios de
corrección expresados anteriormente en el apartado b) de la base séptima.
Para la valoración de las pruebas físicas, psicotécnicas, y médicas (c, d y e), se requerirán los servicios de
personal especializado designado por la persona titular de la Alcaldía-Presidencia, que emitirá, con arreglo a
las condiciones de la presente convocatoria, un informe, a la vista del cual el tribunal resolverá.
La valoración de las pruebas físicas (c) se realizará conforme al baremo establecido para el turno libre
contenido en el anexo II del Decreto 64/2022, de 8 de junio, debiendo alcanzarse las marcas mínimas
establecidas. En caso contrario, la persona aspirante será calificada como no apta.
Los resultados obtenidos en las pruebas en las que se utilicen hojas de respuestas normalizadas
corresponderán con la lectura automatizada que se realizará con una lectora óptica de datos aplicada a la
hoja u hojas de respuestas de cada aspirante.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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