Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02423/2023)
Bases para la provisión, como funcionarios de carrera, mediante el sistema de oposición libre, de tres plazas de Agentes de la Policía Local
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

Anuncio 2423/2023

su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la participación en el
proceso selectivo.
En el plazo de 15 días hábiles desde que finalice el de subsanación de errores y reclamaciones, se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia, así como en la página web del Ayuntamiento, la resolución por la que se aprueben las listas definitivas
de personas admitidas y excluidas. Esta resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas
definitivas.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas será determinante de los plazos a efectos de posibles
impugnaciones o recursos, y en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, tal como se
establece en la base sexta.
Junto con la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se publicará la relación nominal de integrantes del Tribunal
Calificador, así como la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.
Quinta. Tribunal Calificador.
5.1. Composición.
El Tribunal Calificador para las pruebas selectivas estará constituido por:
- Presidencia: Una persona funcionaria de carrera, designada por la persona titular de la Alcaldía-Presidencia.
- Vocalías:
Una persona funcionaria de carrera designada por la Consejería competente en materia de
coordinación de Policías Locales.
Dos personas funcionarias de carrera, designadas por la persona titular de la Alcaldía-Presidencia, de
las que, al menos una de ellas, deberá desempeñar la jefatura o mando intermedio o, en su defecto,
tener la condición de policía local.
Secretaría: Una persona funcionaria de carrera designada por la persona titular de la AlcaldíaPresidencia.
El Tribunal quedará integrado por igual número de personas titulares y suplentes, que serán designadas
simultáneamente, conforme a los requisitos expresados con anterioridad.
La composición del Tribunal será predominantemente por personal funcionario de carrera, debiendo
pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior a aquél en el que se integren las plazas convocadas.
Además, en caso de tener la condición de policía local deberán pertenecer a una categoría igual o superior a
la correspondiente a la plaza/s objeto de convocatoria.
En dicha composición se garantizará la paridad entre hombres y mujeres, conforme a lo dispuesto en el
artículo 29, de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura.
A iniciativa de cada central sindical, de las que formen parte de la mesa de negociación de empleados
públicos del ayuntamiento convocante, podrá asistir una persona designada por aquéllas que actuará con
voz, pero sin voto, en todas las fases y actos que integran el proceso selectivo, a excepción de aquellos en los
que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas antes de su realización.
5.2. Incorporación de personal asesor especialistas.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista, para todas o
algunas de las pruebas, cuyo cometido se limitará a la colaboración que, en función de sus especialidades
técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
5.3. Causas de abstención y de prohibición de formar parte de los Tribunales.
Aquellas personas en quienes se dé alguna de las causas de abstención señaladas en el artículo 23.2 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de formar parte en los
Tribunales, notificándolo a la autoridad convocante.
Asimismo, no podrá formar parte de los Tribunales el personal funcionario que, en el ámbito de actividades
privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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