Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. (02332/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición, dos plazas de Auxiliar Administrativo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 2332/2023
9.10. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o
signos que permitan conocer la identidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipo
fraudulento durante la realización de los ejercicios.
Décima. Desarrollo de las pruebas.
10.1. El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las pruebas selectivas se hará público mediante
anuncio del Tribunal Calificador en el tablón de anuncios y página web municipal, con la debida antelación.
Este mismo procedimiento se seguirá para hacer público el lugar, día y hora de realización del segundo
ejercicio de las pruebas selectivas.
Los aspirantes serán convocados para los ejercicios en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI. La
no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados, comportaría decaer automáticamente en su
derecho a participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los
aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se
podrá examinar a los aspirantes afectados por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba
correspondiente o, de haber finalizado, cuando no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria con
perjuicio para el interés general o de terceros.
10.2. El orden de actuación de los aspirantes se realizará por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida
otro más conveniente.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil,
pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por
los miembros del Tribunal Calificador, a través de los medios que estimen oportunos. Ante el incumplimiento
de esta previsión, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del aspirante del
proceso selectivo.
10.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los
ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
10.4. De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias. Las Actas, numeradas y rubricadas,
constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el acta se unirán al expediente las hojas
de examen o ejercicios realizados por los opositores.
Undécima. Calificación de las pruebas.
11.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio
siguiente obtener un mínimo de 5 puntos. La calificación de todos los ejercicios será expresada con dos
decimales.
11.2. La calificación del primer ejercicio se realizará de conformidad con que cada respuesta acertada
computará con 0.10 puntos, y cada respuesta incorrecta descontará 0.05 puntos. Las preguntas no
contestadas no tendrán valoración alguna. El máximo total de puntos a obtener en el ejercicio será de 10
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
11.3. En el segundo ejercicio, el supuesto práctico será valorado de forma independiente. El supuesto será
puntuado por cada uno de los miembros del Tribunal con derecho a voto, calculándose posteriormente la
media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de ellos. En el supuesto de que alguna de las
puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos, por exceso o por defecto, de la media, serán
eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. El máximo total de
puntos a obtener en el ejercicio será de 10 puntos.
Para superar el segundo ejercicio será necesario obtener un mínimo de cinco puntos.
11.4. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
y en su página web, la relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con especificación de las
puntuaciones obtenidas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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9.10. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o
signos que permitan conocer la identidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipo
fraudulento durante la realización de los ejercicios.
Décima. Desarrollo de las pruebas.
10.1. El lugar, día y hora de realización del primer ejercicio de las pruebas selectivas se hará público mediante
anuncio del Tribunal Calificador en el tablón de anuncios y página web municipal, con la debida antelación.
Este mismo procedimiento se seguirá para hacer público el lugar, día y hora de realización del segundo
ejercicio de las pruebas selectivas.
Los aspirantes serán convocados para los ejercicios en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI. La
no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados, comportaría decaer automáticamente en su
derecho a participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los
aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se
podrá examinar a los aspirantes afectados por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba
correspondiente o, de haber finalizado, cuando no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria con
perjuicio para el interés general o de terceros.
10.2. El orden de actuación de los aspirantes se realizará por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida
otro más conveniente.
Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil,
pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por
los miembros del Tribunal Calificador, a través de los medios que estimen oportunos. Ante el incumplimiento
de esta previsión, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del aspirante del
proceso selectivo.
10.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los
ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
10.4. De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias. Las Actas, numeradas y rubricadas,
constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el acta se unirán al expediente las hojas
de examen o ejercicios realizados por los opositores.
Undécima. Calificación de las pruebas.
11.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio
siguiente obtener un mínimo de 5 puntos. La calificación de todos los ejercicios será expresada con dos
decimales.
11.2. La calificación del primer ejercicio se realizará de conformidad con que cada respuesta acertada
computará con 0.10 puntos, y cada respuesta incorrecta descontará 0.05 puntos. Las preguntas no
contestadas no tendrán valoración alguna. El máximo total de puntos a obtener en el ejercicio será de 10
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
11.3. En el segundo ejercicio, el supuesto práctico será valorado de forma independiente. El supuesto será
puntuado por cada uno de los miembros del Tribunal con derecho a voto, calculándose posteriormente la
media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de ellos. En el supuesto de que alguna de las
puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos, por exceso o por defecto, de la media, serán
eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. El máximo total de
puntos a obtener en el ejercicio será de 10 puntos.
Para superar el segundo ejercicio será necesario obtener un mínimo de cinco puntos.
11.4. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
y en su página web, la relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con especificación de las
puntuaciones obtenidas.
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