Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (02240/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de dos puestos de Agente de la Policía Local y anulación de las bases anteriores con número de inserción 2125/2023
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 2240/2023

Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a obtener en esta fase.
Únicamente se valorarán las condecoraciones otorgadas por el Gobierno de España, las
Comunidades Autónomas y órganos plenarios del resto de Administraciones Públicas, así como
otros Cuerpos Policiales Internacionales, siempre que sean concedidas a título individual,
conforme al siguiente baremo:
- Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría oro 0,25 puntos.
- Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría plata 0,20
puntos.
- Condecoraciones de otras Administraciones o Cuerpos Policiales 0,10 puntos.
- Reconocimientos 0,05 puntos.

C) Agrupación/conciliación vida familiar y laboral.
Representará hasta un máximo de 1,50 puntos de la puntación total a obtener conforme se indica a
continuación:

- Por destino laboral previo debidamente acreditado del o de la cónyuge o pareja
de hecho inscrita legalmente en el municipio convocante, con una antigüedad de
residencia en el Padrón Municipal mínima de 1 año en el momento de
finalización del plazo de presentación de instancias: 0,50 puntos. La persona
divorciada o separada legalmente o de hecho, cuando, existiendo
descendiente/es menor/es de edad, el convenio regulador de dicha situación
establezca una custodia compartida o un régimen de visitas incompatible con la
residencia en localidad distinta al Ayuntamiento convocante podrá obtener
igualmente 0,50 puntos. En este último caso, al ser determinante la existencia de
descendiente/es menores de edad para la aplicación de la puntuación, será
compatible con la aplicación de la puntuación prevista en el punto siguiente.
- 0,50 puntos por tener un hijo o hija menor de edad. Los sucesivos hijos no
darán derecho a mayor puntuación.
- 0,50 puntos por tener una hija o hijo menor o mayor de edad con discapacidad
reconocida igual o superior a un 33%. Igualmente, 0,50 puntos por tener persona
ascendiente con dependencia acreditada por enfermedad grave crónica o rara,
que no pueda valerse por sí misma y no desempeñe actividad retribuida, inscrita
legalmente en el municipio convocante, con una antigüedad de residencia en el
Padrón Municipal mínima de 1 año en el momento de inicio del trámite de
presentación de instancias y siempre que tal situación sea acreditada
documentalmente. En estos dos casos la puntuación podrá adicionarse a la
contemplada en los dos apartados anteriores, pero sin superar el límite total de
puntuación por este criterio de 1,50 puntos.

Sexta. Tribunal Calificador.
1. Se nombrará un Tribunal Calificador junto con la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, integrada por
los siguientes miembros:
a) Presidente/a: Un/a funcionario/a de la Administración Local designado/a por la Alcaldía.
b) Secretario/a: Un/a funcionario/a de la Administración Local o Autonómica, con voz pero sin voto,
designado/a por la Alcaldía.
c) Vocales: Un funcionario/a de carrera designado por la Consejería competente en materia de coordinación
de Policías Locales y dos funcionarios de carrera de este u otro municipio de la Comunidad Autónoma,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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