Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (02240/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de dos puestos de Agente de la Policía Local y anulación de las bases anteriores con número de inserción 2125/2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Anuncio 2240/2023
En los supuestos en que se hubiera accedido directamente por turno libre a una determinada categoría sin
pasar por la/las categoría/as inferior/es, el tiempo de permanencia en dicha categoría que exceda del tope de
puntuación a valorar en la misma será computado como si se hubiera desempeñado en las categorías
inferiores de forma descendente hasta agotar los topes de valoración respectivos en cada una de ellas.
Igualmente se actuará en los supuestos en los que los tiempos de permanencia en categorías superiores
excedan del tope de valoración en la misma sin haber agotado los respectivos topes de valoración de las
categorías inferiores.
B) Formación
B.1) Formación académica
Representará hasta un máximo de 1 punto de la puntación total a obtener, conforme se indica
a continuación para cada Titulación Académica y sus correspondientes equivalencias:
- Doctorado: 1,00 punto.
- Grado: 0,75 puntos.
- Técnico: 0,50 puntos.
- Master: 0,25 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo
establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su
calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el de
mayor nivel académico conforme a la puntuación establecida. En caso de que se presente más
de un título del mismo nivel académico, excepto un Master, solo se valorará uno de ellos.
Tratándose de un Master, podrán valorarse todos los que se presenten y adicionarse a la
titulación académica finalmente valorada hasta alcanzar el máximo de puntuación prevista en
este apartado.
B.2) Formación continua
Formación Continua. Representará hasta un máximo de 3 puntos de la puntación total a
obtener. Únicamente se valorará formación certificada por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial, así como titulaciones expedidas por universidades
públicas de la UE. También se valorará la formación certificada por centros municipales,
sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido previamente
reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un
máximo de 3.000 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva. Los cursos relativos
exclusivamente a formación policial, que hubieran sido impartidos por Ayuntamientos y
organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor del Decreto 107/2017, de 11 de julio, por
el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de
acciones formativas impartidas por otras entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser
valorados con la misma valoración que los demás referidos en este apartado.
B.3) Docencia.
Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntación total a obtener. Únicamente se
valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como
docencia certificada por universidades públicas de la UE, siempre que en este caso se trate de
actividades formativas relacionadas con la labor policial. También se valorará la docencia
certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades
formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un máximo de 250 horas lectivas, a
razón de 0,002 puntos por hora lectiva.
B.4) Condecoraciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En los supuestos en que se hubiera accedido directamente por turno libre a una determinada categoría sin
pasar por la/las categoría/as inferior/es, el tiempo de permanencia en dicha categoría que exceda del tope de
puntuación a valorar en la misma será computado como si se hubiera desempeñado en las categorías
inferiores de forma descendente hasta agotar los topes de valoración respectivos en cada una de ellas.
Igualmente se actuará en los supuestos en los que los tiempos de permanencia en categorías superiores
excedan del tope de valoración en la misma sin haber agotado los respectivos topes de valoración de las
categorías inferiores.
B) Formación
B.1) Formación académica
Representará hasta un máximo de 1 punto de la puntación total a obtener, conforme se indica
a continuación para cada Titulación Académica y sus correspondientes equivalencias:
- Doctorado: 1,00 punto.
- Grado: 0,75 puntos.
- Técnico: 0,50 puntos.
- Master: 0,25 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo
establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su
calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel, excepto un Master, solo se valorará el de
mayor nivel académico conforme a la puntuación establecida. En caso de que se presente más
de un título del mismo nivel académico, excepto un Master, solo se valorará uno de ellos.
Tratándose de un Master, podrán valorarse todos los que se presenten y adicionarse a la
titulación académica finalmente valorada hasta alcanzar el máximo de puntuación prevista en
este apartado.
B.2) Formación continua
Formación Continua. Representará hasta un máximo de 3 puntos de la puntación total a
obtener. Únicamente se valorará formación certificada por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial, así como titulaciones expedidas por universidades
públicas de la UE. También se valorará la formación certificada por centros municipales,
sindicales o privados cuando se trate de actividades formativas que hubieran sido previamente
reconocidas por centros públicos regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un
máximo de 3.000 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva. Los cursos relativos
exclusivamente a formación policial, que hubieran sido impartidos por Ayuntamientos y
organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor del Decreto 107/2017, de 11 de julio, por
el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de
acciones formativas impartidas por otras entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser
valorados con la misma valoración que los demás referidos en este apartado.
B.3) Docencia.
Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntación total a obtener. Únicamente se
valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como
docencia certificada por universidades públicas de la UE, siempre que en este caso se trate de
actividades formativas relacionadas con la labor policial. También se valorará la docencia
certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de actividades
formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un máximo de 250 horas lectivas, a
razón de 0,002 puntos por hora lectiva.
B.4) Condecoraciones.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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