Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01981/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del funcionamiento del servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia domiciliaria del Instituto Municipal de Servicios Sociales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Instituto Municipal de Servicios Sociales
Anuncio 1981/2023
b) Ayuda personal para el vestido, calzado y la alimentación.
c) Transferencias, traslados y movilización dentro del hogar.
d) Actividades de la vida diaria necesarias en la atención y cuidado del usuario.
e) Estimulación y fomento de la máxima autonomía y participación de las personas atendidas
en la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
f) Fomento de hábitos de higiene y orden.
g) En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, prevenir éstas mediante una
correcta higiene, cuidados de la piel y cambios posturales.
h) Ayuda en la administración de medicamentos que tenga prescritos la persona usuaria.
i) Cuidados básicos a personas incontinentes.
j) Ayuda para la ingestión de alimentos.
k) Fomento de la adecuada utilización de ayudas técnicas y adaptaciones pautadas.
l) Recogida y gestión de recetas y documentos relacionados con la vida diaria de la persona
usuaria.
3.- Prestaciones de apoyo familiar y relaciones con el entorno.
a) Compañía para evitar situaciones de soledad y aislamiento.
b) Acompañamiento fuera del hogar, para posibilitar la participación de la persona usuaria en
actividades de carácter educativo, terapéutico y social.
c) Facilitar actividades de ocio en el domicilio.
d) Apoyo y acompañamiento para la realización de compras y trámites de asistencia sanitaria y
administrativa.
e) Desarrollo de la autoestima, la valoración de sí mismo y los hábitos de cuidado personal,
evitando el aislamiento.
f) Potenciar y facilitar hábitos de convivencia y/o relaciones familiares y sociales.
g) Fomentar estilos de vida saludable y activos.
h) Apoyo y seguimiento de las pautas prescritas ante situaciones de conflicto que se generen
en el seno de la familia.
i) Cuidado y atención de los menores, tanto en el entorno del hogar como en
acompañamientos a centros escolares, de ocio, sanitarios y otros.
Las prestaciones descritas anteriormente serán establecidas por un Trabajador social del Servicio de Ayuda a
Domicilio, quien valorará los cuidados que necesita la persona beneficiaria, y desarrollará las pautas de
actuación en cada caso concreto, asimismo realizará la supervisión de todas aquellas circunstancias o
alteraciones en el estado de la persona usuaria, que varíe, agrave o disminuya las necesidades de
prestaciones domésticas, personales o de apoyo familiar y de relaciones con el entorno.
8.2. Prestaciones excluidas del servicio de ayuda a domicilio.
Quedan excluidas del Servicio las siguientes prestaciones:
1.- Prestaciones de carácter doméstico.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Ayuda personal para el vestido, calzado y la alimentación.
c) Transferencias, traslados y movilización dentro del hogar.
d) Actividades de la vida diaria necesarias en la atención y cuidado del usuario.
e) Estimulación y fomento de la máxima autonomía y participación de las personas atendidas
en la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
f) Fomento de hábitos de higiene y orden.
g) En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, prevenir éstas mediante una
correcta higiene, cuidados de la piel y cambios posturales.
h) Ayuda en la administración de medicamentos que tenga prescritos la persona usuaria.
i) Cuidados básicos a personas incontinentes.
j) Ayuda para la ingestión de alimentos.
k) Fomento de la adecuada utilización de ayudas técnicas y adaptaciones pautadas.
l) Recogida y gestión de recetas y documentos relacionados con la vida diaria de la persona
usuaria.
3.- Prestaciones de apoyo familiar y relaciones con el entorno.
a) Compañía para evitar situaciones de soledad y aislamiento.
b) Acompañamiento fuera del hogar, para posibilitar la participación de la persona usuaria en
actividades de carácter educativo, terapéutico y social.
c) Facilitar actividades de ocio en el domicilio.
d) Apoyo y acompañamiento para la realización de compras y trámites de asistencia sanitaria y
administrativa.
e) Desarrollo de la autoestima, la valoración de sí mismo y los hábitos de cuidado personal,
evitando el aislamiento.
f) Potenciar y facilitar hábitos de convivencia y/o relaciones familiares y sociales.
g) Fomentar estilos de vida saludable y activos.
h) Apoyo y seguimiento de las pautas prescritas ante situaciones de conflicto que se generen
en el seno de la familia.
i) Cuidado y atención de los menores, tanto en el entorno del hogar como en
acompañamientos a centros escolares, de ocio, sanitarios y otros.
Las prestaciones descritas anteriormente serán establecidas por un Trabajador social del Servicio de Ayuda a
Domicilio, quien valorará los cuidados que necesita la persona beneficiaria, y desarrollará las pautas de
actuación en cada caso concreto, asimismo realizará la supervisión de todas aquellas circunstancias o
alteraciones en el estado de la persona usuaria, que varíe, agrave o disminuya las necesidades de
prestaciones domésticas, personales o de apoyo familiar y de relaciones con el entorno.
8.2. Prestaciones excluidas del servicio de ayuda a domicilio.
Quedan excluidas del Servicio las siguientes prestaciones:
1.- Prestaciones de carácter doméstico.
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