Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. (01892/2023)
Resolución del órgano delegado de 31 de marzo de 2023, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2022
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 1892/2023
"...5. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con este
Ayuntamiento…"
La solicitud tampoco cumple con los artículos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Artículo 13.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora.
"...2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas
en esta ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que
por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora:..."
"...e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente..."
Artículo 14.- Obligaciones de los beneficiarios.
"…e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine
reglamentariamente, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común….
3. Se desestima la solicitud de Asoc. Deportiva Mérida SAD, por incumplir el punto tercero y
quinto de la convocatoria de ayudas, no aparecer registrada en el Registro de entidades
municipales y no acreditar certificación de estar al corriente de pagos con las diferentes
Administraciones Públicas.
Tercera.- Requisitos para la recepción de las ayudas.
• Para entidades deportivas:
b) Las entidades deportivas deberán estar registradas en el Registro de Municipal de Asociaciones, al menos
un año antes de la publicación de estas bases.
g) Las entidades deben estar al corriente de pagos con las diferentes administraciones públicas.
Quinta.- Solicitudes y documentación a presentar.
g) Certificado de estar al corriente con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
h) Certificado acreditativo de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria.
i) Informe de estar al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social.
4. Se desestima la solicitud de don Alejandro García Jaraíz, por incumplir el punto tercero y
quinto de la convocatoria de ayudas, no acreditar certificación de estar al corriente de pagos
con las diferentes Administraciones Públicas.
Tercera.- Requisitos para la recepción de las ayudas.
• Para deportistas:
a. La persona solicitante, no debe tener deudas en período ejecutivo con las diferentes administraciones
(Seguridad social, Hacienda Pública, Junta de Extremadura y Ayuntamiento de Mérida).
En caso de menores, deberá ser la unidad familiar o quien ostente la tutela legal, quienes no deben disponer
de deudas con las diferentes Administraciones Públicas.
Quinta.- Solicitudes y documentación a presentar.
1. Deportistas mayores de 18 años.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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"...5. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con este
Ayuntamiento…"
La solicitud tampoco cumple con los artículos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Artículo 13.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora.
"...2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas
en esta ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que
por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora:..."
"...e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente..."
Artículo 14.- Obligaciones de los beneficiarios.
"…e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine
reglamentariamente, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común….
3. Se desestima la solicitud de Asoc. Deportiva Mérida SAD, por incumplir el punto tercero y
quinto de la convocatoria de ayudas, no aparecer registrada en el Registro de entidades
municipales y no acreditar certificación de estar al corriente de pagos con las diferentes
Administraciones Públicas.
Tercera.- Requisitos para la recepción de las ayudas.
• Para entidades deportivas:
b) Las entidades deportivas deberán estar registradas en el Registro de Municipal de Asociaciones, al menos
un año antes de la publicación de estas bases.
g) Las entidades deben estar al corriente de pagos con las diferentes administraciones públicas.
Quinta.- Solicitudes y documentación a presentar.
g) Certificado de estar al corriente con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
h) Certificado acreditativo de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria.
i) Informe de estar al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social.
4. Se desestima la solicitud de don Alejandro García Jaraíz, por incumplir el punto tercero y
quinto de la convocatoria de ayudas, no acreditar certificación de estar al corriente de pagos
con las diferentes Administraciones Públicas.
Tercera.- Requisitos para la recepción de las ayudas.
• Para deportistas:
a. La persona solicitante, no debe tener deudas en período ejecutivo con las diferentes administraciones
(Seguridad social, Hacienda Pública, Junta de Extremadura y Ayuntamiento de Mérida).
En caso de menores, deberá ser la unidad familiar o quien ostente la tutela legal, quienes no deben disponer
de deudas con las diferentes Administraciones Públicas.
Quinta.- Solicitudes y documentación a presentar.
1. Deportistas mayores de 18 años.
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