Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. (01778/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Técnico/a Superior Gestión Medioambiental, del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz
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Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO

Anuncio 1778/2023

La situación de la aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha causa y a la superación de las fases que
hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las
personas aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las mismas tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio
común para todas estas situaciones.
Novena.- Calendario.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución en el plazo máximo de 2 meses, declarando
aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, señalando un plazo de 10 días para la subsanación de
defectos y reclamaciones.
En el término de 15 días desde que finalice el plazo de subsanación, se dictará resolución por la que se aprobará la lista
definitiva de personas admitidas y excluidas. Con la debida antelación se publicará la composición del Tribunal y el lugar,
fecha y hora del primer ejercicio.
El inicio del procedimiento de selección tendrá lugar, antes de que transcurran 6 meses desde la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias. El plazo máximo de resolución de las pruebas selectivas, no será superior a 12 meses.
El calendario estará siempre sujeto a circunstancias sobrevenidas, acontecimientos imprevisibles y otras causas de fuerza
mayor.
Décima.- Lista de espera.
Concluido el proceso selectivo y derivado del mismo, se procederá a confeccionar una lista de espera o bolsa de trabajo para
el nombramiento de personas interinas o contratación laboral para plazas como la que es objeto la presente convocatoria,
integradas por las personas aspirantes que no han conseguido la plaza convocada, pero al menos, hayan superado el primer
ejercicio del procedimiento de selección.
El orden de aspirantes en la lista de espera se establecerá aplicando sucesivamente los criterios que dispone el artículo 5."Orden de prelación" del Reglamento de funcionamiento de las bolsas de trabajo de la Diputación Provincial de Badajoz y
sus Organismos Autónomos.
Se podrán constituir, en casos de urgencia y por situaciones extraordinarias, una "bolsa de trabajo transitoria" con aquellas
personas aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio de la oposición en el marco del procedimiento selectivo en
curso, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo. Dicha bolsa de trabajo tendrá carácter provisional y será
sustituida por la nueva bolsa de trabajo que se constituya una vez finalizado el proceso selectivo en curso.
Décimoprimera.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
Una vez finalizadas todas las pruebas y valorada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de personas
aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la contratación en las plazas
convocadas, de quienes haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de
personal laboral fijo de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los
acuerdos que contravengan esta limitación.
Dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga público el anuncio del Tribunal de
selección con la relación de personas propuestas para la contratación en las plazas convocadas, las personas seleccionadas
deberán presentar a través de registro, y dirigido al Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de Diputación de
Badajoz, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la
convocatoria:
a) DNI o documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho
título.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial. Dicho informe tendrá carácter no
vinculante para la obtención del grado de «apto laboral» que será emitido por el servicio médico de
Diputación de Badajoz, en reconocimiento médico que se realice al efecto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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