Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvaleón. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (01673/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la gestión de residuos de construcción y demolición
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Ayuntamiento de Salvaleón
Anuncio 1673/2023
10. Plantas de transferencia: Son instalaciones para el depósito temporal de residuos de la construcción que
han de ser tratados o eliminados en instalaciones localizadas a grandes distancias. Su cometido principal es
agrupar residuos y abaratar costes de transporte, si bien en ocasiones se efectúa en ellas algún proceso
menor de selección y clasificación de las fracciones de los residuos, buscando mejorar las características de
los RCD enviados a plantas de tratamiento y a vertederos.
11. Plantas de Tratamiento: Son instalaciones de tratamiento de RCD, cuyo objetivo es seleccionar, clasificar y
valorizar las diferentes fracciones que contienen estos residuos, con el objetivo de obtener productos finales
aptos para su utilización directa, o residuos cuyo destino será otro tratamiento posterior de valorización o
reciclado, y si este no fuera posible, de eliminación en vertedero.
12. Vertederos controlados: Son instalaciones para el depósito definitivo de RCD (por encima de los plazos
establecidos en la legislación de vertederos) y que deben cumplir los requisitos del Real Decreto 646/2020, de
7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
13. Gestor autorizado: A efectos de esta Ordenanza, persona física o jurídica, previamente autorizada por el
organismo competente, que realiza cualquiera de las operaciones que comprende la gestión, sea o no
productor de los mismos. Los gestores de RCD habrán de estar inscritos en el registro correspondiente.
14. Transportista autorizado: La persona física o jurídica debidamente inscrita en el registro correspondiente,
y responsable de la recogida, transporte y puesta a disposición de los RCD en las instalaciones del gestor
autorizado.
TÍTULO II. GESTIÓN
Artículo 6. Regulación general.
En la ejecución de obras, cualquiera que sea el régimen jurídico al cual estén sometidas, se determinará una fianza para
responder de la obligación de poner a disposición de un gestor autorizado todos los residuos de construcción y demolición
que se generen en dichas obras.
Artículo 7. Clasificación de las obras.
1.- Obra sujeta a licencia: El productor de residuos de construcción y demolición, sin perjuicio de los demás
requisitos exigidos por la legislación sobre residuos, deberá incluir en el proyecto de ejecución de la obra un
estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, que contendrá como mínimo:
— Una estimación de la cantidad, expresada en toneladas y en metros cúbicos (teniendo en
cuenta la equivalencia de 1 m³=1,4 toneladas), de los residuos de construcción y demolición
que se generarán en la obra.
— Las medidas para la prevención de generación de residuos en la obra objeto del proyecto.
— Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los residuos
que se generarán en la obra.
— Las medidas para la separación de los residuos en obra, en particular, para el cumplimiento
por parte del poseedor de los residuos, de la obligación de separar en fracciones de acuerdo
con lo establecido en el artículo 10 de la presente Ordenanza.
— Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en
su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la
obra.
— Los requisitos del pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto, en relación con
el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los
residuos de construcción y demolición dentro de la obra.
— Una valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción y demolición
que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.
— En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma, hacer un inventario de los
residuos peligrosos que se generarán.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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10. Plantas de transferencia: Son instalaciones para el depósito temporal de residuos de la construcción que
han de ser tratados o eliminados en instalaciones localizadas a grandes distancias. Su cometido principal es
agrupar residuos y abaratar costes de transporte, si bien en ocasiones se efectúa en ellas algún proceso
menor de selección y clasificación de las fracciones de los residuos, buscando mejorar las características de
los RCD enviados a plantas de tratamiento y a vertederos.
11. Plantas de Tratamiento: Son instalaciones de tratamiento de RCD, cuyo objetivo es seleccionar, clasificar y
valorizar las diferentes fracciones que contienen estos residuos, con el objetivo de obtener productos finales
aptos para su utilización directa, o residuos cuyo destino será otro tratamiento posterior de valorización o
reciclado, y si este no fuera posible, de eliminación en vertedero.
12. Vertederos controlados: Son instalaciones para el depósito definitivo de RCD (por encima de los plazos
establecidos en la legislación de vertederos) y que deben cumplir los requisitos del Real Decreto 646/2020, de
7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
13. Gestor autorizado: A efectos de esta Ordenanza, persona física o jurídica, previamente autorizada por el
organismo competente, que realiza cualquiera de las operaciones que comprende la gestión, sea o no
productor de los mismos. Los gestores de RCD habrán de estar inscritos en el registro correspondiente.
14. Transportista autorizado: La persona física o jurídica debidamente inscrita en el registro correspondiente,
y responsable de la recogida, transporte y puesta a disposición de los RCD en las instalaciones del gestor
autorizado.
TÍTULO II. GESTIÓN
Artículo 6. Regulación general.
En la ejecución de obras, cualquiera que sea el régimen jurídico al cual estén sometidas, se determinará una fianza para
responder de la obligación de poner a disposición de un gestor autorizado todos los residuos de construcción y demolición
que se generen en dichas obras.
Artículo 7. Clasificación de las obras.
1.- Obra sujeta a licencia: El productor de residuos de construcción y demolición, sin perjuicio de los demás
requisitos exigidos por la legislación sobre residuos, deberá incluir en el proyecto de ejecución de la obra un
estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, que contendrá como mínimo:
— Una estimación de la cantidad, expresada en toneladas y en metros cúbicos (teniendo en
cuenta la equivalencia de 1 m³=1,4 toneladas), de los residuos de construcción y demolición
que se generarán en la obra.
— Las medidas para la prevención de generación de residuos en la obra objeto del proyecto.
— Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los residuos
que se generarán en la obra.
— Las medidas para la separación de los residuos en obra, en particular, para el cumplimiento
por parte del poseedor de los residuos, de la obligación de separar en fracciones de acuerdo
con lo establecido en el artículo 10 de la presente Ordenanza.
— Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en
su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la
obra.
— Los requisitos del pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto, en relación con
el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los
residuos de construcción y demolición dentro de la obra.
— Una valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción y demolición
que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.
— En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma, hacer un inventario de los
residuos peligrosos que se generarán.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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