Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (01521/2023)
Convocatoria para la comisión de servicios de una plaza de Agente de Policía Local
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Ayuntamiento de Santa Amalia

Anuncio 1521/2023

presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Junto a las solicitudes, las personas candidatas, deberán aportar:
a) Fotocopia del DNI.
b) Currículum vitae, en el que consten Títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo
desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como otros méritos que estimen
oportunos.
c) Certificación expedida por el Sr. Secretario del Ayuntamiento de procedencia acreditativa de que el
aspirante en cuestión es funcionario del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento respectivo con la
categoría de Agente, así como de que se encuentra en servicio activo, faltándole al menos dos años para el
pase a la situación de segunda actividad por razón de edad.
d) Demás documentos justificativos del currículum vitae, originales o debidamente compulsados.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección
https://santaamalia.sedelectronica.es) y en el tablón de anuncios.
Cuarta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldesa se procederá a la aprobación de la lista
provisional de admitidos y su publicación en la página web municipal (y en el tablón de anuncios), pudiendo
los excluidos, en el plazo de 5 días hábiles subsanar las deficiencias que sean subsanables.
Transcurrido dicho plazo se dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva, que se publicará en la
página web.
Quinta. Comisión de Valoración
La Comisión de Valoración será colegiada y garantizará una representación equilibrada de hombres y
mujeres, por la que ninguno de los sexos tenga una presencia inferior al 40 por ciento. Cómputo del que se
excluirán aquellas personas que formen parte de los mismos en función del cargo específico que
desempeñen.
La composición concreta de la Comisión de Valoración, con la correspondiente designación de cada uno de
sus miembros, se llevará a efecto mediante la resolución que aprueba la lista provisional de admitidos y
excluidos, y que se hará pública en la web municipal (dirección https://santaamalia.sedelectronica.es) y en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Las Comisiones de Valoración, estarán integradas por:

Cargo

Identidad

Presidente/a Funcionario/a de carrera de la Corporación designado por la Alcaldía
Suplente
Secretario
Suplente
Vocal
Suplente
Vocal
Suplente

Funcionario/a de carrera designado por la Alcaldía
Funcionario/a de carrera de la Corporación designado por la Alcaldía
Funcionario/a de carrera designado por la Alcaldía
Funcionario/a de carrera de la Corporación designado por la Alcaldía del Cuerpo Policía Local Santa
Amalia
Funcionario/a de carrera designado por la Alcaldía
Funcionario/a de carrera de la Corporación designado por la Alcaldía del Cuerpo Policía Local Santa
Amalia
Funcionario/a de carrera designado por la Alcaldía
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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