Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (01331/2023)
Extracto de la convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a la comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades dirigidas a promover nuestra cultura, arte, tradiciones y gastronomía durante el año 2023
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 1331/2023

actividades previstas, se podrán admitir como justificantes de gasto recibos emitidos por estos,
siempre que en la documentación justificativa se incluya acreditación de que los receptores de
tales pagos no están sujetos a la obligación de emitir facturas, aclarando cual es la
obligatoriedad que presentan estos profesionales por esos servicios según la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria, Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, así como a la
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. La justificación de tales
gastos deberá acompañar las declaraciones de IRPF efectuadas al respecto así como los
justificantes bancarios del pago de las mismas.
L) Se admitirán los importes abonados en concepto de premios cuando estos se justifiquen
mediante el acta levantada por el jurado competente, a la que se adjuntarán los recibos
emitidos a los galardonados y en los que se hará constar nombre, apellidos, domicilio y NIF, así
como la correspondiente retención por IRPF debidamente acreditada conforme a la Ley
58/2003, de 17 de noviembre, General Tributaria. Asimismo se aportarán las declaraciones de
IRPF efectuadas al respecto así como los justificantes bancarios del pago de las mismas.
M) Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la
normativa de contratación del sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la
contratación, salvo que por sus especiales características no existan en el mercado suficiente
número de entidades que lo realicen. La elección entre las ofertas presentadas, que deberá
aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía,
debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la
propuesta económica más ventajosa.
N) No se admitirán gastos pagados en metálico, por lo tanto, la forma normal de pago será
mediante transferencia bancaria, talón o cualquier otro medio admitido en tráfico mercantil
que deberá constar debidamente acreditada en la documentación que se presente junto a la
cuenta justificativa.
Ñ) Se autoriza expresamente la subcontratación de la actividad subvencionada de acuerdo con
el artículo 29 de la Ley General de Subvenciones, quedando autorizada que la ejecución total o
parcial de la actuación que constituye el objeto de la subvención sea realizada tanto con
medios propios como con contratos con terceros. En ningún caso podrán subcontratarse
actividades que aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten valor añadido
al contenido de la misma ni realizarse con personas que incurran en la prohibición del artículo
29.7 de la LGS.
2.- No serán subvencionables los siguientes tipos de gastos.
A) Los gastos que no estén directamente e indubitadamente relacionados con el desarrollo del
proyecto subvencionado o que no estén contemplados en el presupuesto de gastos detallado
del proyecto presentado a la convocatoria.
B) No tendrán la consideración de gastos subvencionables los producidos en las actividades
culturales que consistan viajes tales como los gastos de entrada a lugares de ocio y culturales,
espectáculos y otros similares, así como gastos en concepto de alojamiento y manutención de
los participantes en el viaje.
C) No se admitirán lo gastos pagados en metálicos.
D) Gastos de inversión en infraestructuras y adquisición de bienes inventariables (equipos
informáticos, mobiliario, bienes de equipo permanentes…).
E) Gastos indirectos de la entidad, entendidos como aquellos gastos estructurales de la
comunidad/federación (gastos de personal, teléfono, agua, energía eléctrica, mantenimiento y
otros similares). Por tanto, los gastos imputables por recursos humanos tiene que
corresponder en todo caso a contrataciones externas a la entidad subvencionada para la
celebración de la actividad.
F) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
G) Los gastos de procedimientos judiciales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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