Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (01269/2023)
Convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a la comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades dirigidas a promover nuestra cultura, arte, tradiciones y gastronomía durante el año 2023
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo

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A. Plazo de Justificación: La justificación de la subvención otorgada deberá ser presentada desde la fecha de
finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución, hasta el 31 de enero de 2024,
como fecha límite.
B. Formas de Remisión de la Justificación: El expediente justificativo se remitirá por medios electrónicos
mediante su presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de
Badajoz en aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los modelos normalizados de remisión de documentación para la justificación del objeto de la subvención
(anexo VII), así como los de subsanación de la misma (anexo VIII) estarán disponibles en la sede electrónica de
la Diputación de Badajoz, ubicada en su página principal en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación
adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, debidamente firmados por el órgano
competente y digitalizados.
C. Justificación Técnica.
● Se deberá presentar una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la
que se haga una declaración de las actividades realizadas y los resultado obtenido. Esta
memoria deberá recoger, para el caso de que el importe de la subvención concedida haya sido
inferior al solicitado, una explicación de cómo han procedido ajustar el alcance de la actividad
subvencionada o, en su caso, cuál ha sido la alternativa de financiación.
● Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar la
actividad, destacando dónde se ha hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen
corporativa según establece el apartado d) de la base 9 de la convocatoria.
● Anexo VI de indicadores de resultado y actividad establecido en la base 12 de la convocatoria.
D. Justificación Económica.
D.1.- Importe a justificar.
El importe a justificar es aquel que resulte de la cantidad subvencionada por Diputación, No
obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General
de Subvenciones, cuando la actividad haya sido confinanciadas, además de con la subvención
de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la
justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a la actividad subvencionada.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro y se procederá a incoar por la
Diputación Provincial expediente de reintegro de subvención a efectos de exigir la subvención
en el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar:
● Deberán presentar el anexo V de la cuenta justificativa debidamente cumplimentado que
contendrá:
- Datos de la Entidad que justifica.
- Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
- Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
- Relación clasificada con número de orden, de todos los gastos de la actividad
subvencionada financiados con la subvención de Diputación, incluyendo
descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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