Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01149/2023)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para financiar la adquisición e instalación de cobertores para piscinas municipales en el marco del Plan Reaba, de reutilización, eficiencia y ahorro del agua, correspondiente al ejercicio 2023
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Área de Fomento

Anuncio 1149/2023

En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de
beneficiario, se considerará que los beneficiarios o las entidades colaboradoras se encuentran al corriente en
el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la administración
concedente por reintegros de subvenciones en período ejecutivo. Asimismo, se considerará que los
beneficiarios y entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el pago de las obligaciones por
reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la
suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
2.- Además, la entidad solicitante deberá acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones con la
Hacienda Estatal y con la Seguridad Social, mediante la presentación del correspondiente certificado (anexo
4), solo será obligatorio si en la solicitud (anexo 1) se deniega la autorización a la Diputación de Badajoz a que
consulte y recabe de oficio que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda
Estatal y la Seguridad Social.
Base 6.- Presentación de solicitudes.
Las entidades solicitantes podrán solicitar las ayudas de acuerdo a los modelos establecidos en esta convocatoria, debiendo
acompañarse a cada una de ellas, de la siguiente documentación y anexos correspondientes:
1. Solicitud de subvención de acuerdo al anexo 1 de la convocatoria, en el que deberá acreditarse que el
solicitante se compromete a utilizar los bienes objeto de la subvención solicitada y a cumplir cuantas
obligaciones le correspondan como beneficiario. Cada entidad podrá presentar una solicitud para
subvencionar la adquisición e instalación de uno o varios cobertores invernales automáticos y/o manuales, lo
que estará en función del número de vasos de piscina que contengan las instalaciones de titularidad
municipal.
2. Declaración responsable: Anexo 2.
3. Presupuesto para la adquisición e instalación de los cobertores de piscina manuales y/o automáticos.
4. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor, salvo denegación expresa por la
parte solicitante, para recabar de oficio las certificaciones de encontrarse al corriente con las obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social. En el caso de que se deniegue expresamente
deberán adjuntar además el certificado del/a Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a de la entidad local,
acreditativo de encontrarse al corriente con las obligaciones con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social,
de conformidad a los datos y certificaciones obrantes en la entidad solicitante. Anexo 4.
Se establece un plazo de 20 días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente a la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante lo anterior, el extracto de la
convocatoria será objeto de publicación también en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Si el último día fuera inhábil
se entenderá por último día del plazo el siguiente día hábil.
Al amparo de lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, si la solicitud de iniciación presentada no reuniese los requisitos, se requerirá al interesado para
que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos.
Las solicitudes se presentarán en modelo normalizado que se establece en el anexo 1 de las presentes bases, y serán
dirigidas al Área de Fomento de la Diputación Provincial de Badajoz.
Las solicitudes se tramitarán a través de la sede electrónica de Diputación de Badajoz. La presentación de solicitudes podrá
realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido, estando ubicado dicho registro en la página
principal de Diputación de Badajoz, en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a los modelos
normalizados, y debidamente firmados por el órgano competente, los cuales se digitalizarán e incorporarán junto con la
solicitud electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se consideran copias electrónicas auténticas de
los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica con
la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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