Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zahínos. (01138/2023)
Reglamento interno de funcionamiento del Programa Colaborativo Rural Eco Verde Zahínos II
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Ayuntamiento de Zahínos

Anuncio 1138/2023

a) Recibir una formación teórica y práctica que le capacite en el conocimiento de un oficio para su futura
inserción laboral, conforme a los objetivos del programa colaborativo rural y a las necesidades y posibilidad
personal de cada uno.
b) Respeto a su intimidad y protección frente a ofensas verbales o físicas, incluidas las de naturaleza sexual.
c) Respeto a su conciencia cívica y moral.
d) Respeto a su dignidad personal.
e) A la igualdad en el trato sin discriminación alguna por razón de edad, raza, sexo, ideas religiosas o políticas,
disminución física, según lo establecido en la Ley.
f) A la garantía de sus derechos laborales de acuerdo con la legislación vigente.
g) Utilizar, con la debida corrección, las instalaciones, mobiliario y material del programa/proyecto.
h) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas, conforme a las normas de
seguridad y salud laboral en el trabajo.
i) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene en el trabajo.
j) A una evaluación continua y objetiva.
k) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
l) A participar en la organización del programa/proyecto a través de la formulación de sugerencias y
opiniones, bien de forma individual o colectiva.
m) A la percepción de la remuneración establecida por la normativa que resulte de aplicación.
n) A recibir, al término de su participación, un certificado de la formación teórico-práctica y calificación
profesional adquirida expedido por la entidad promotora. Este certificado podrá servir total o parcialmente, y
previos los requisitos que se determinen, para ser convalidado en su momento por el Certificado de
Profesionalidad previsto en la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real
Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales
decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
ñ) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 9. Deberes y responsabilidades de los alumnos/as trabajadores y prohibiciones.
1.- Los/as alumnos/as-trabajadores/as deberán de:
a) Los alumnos/as-trabajadores tienen la obligación de asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas
teórico-prácticas que se impartan, de acuerdo con las normas de funcionamiento notificadas por la dirección
en función del proyecto aprobado por la Entidad y su normativa de aplicación en los programas colaborativos
rurales (PCR).
b) Realizar las tareas concretas que le sea encomendada bajo la dirección del equipo directivo-docente,
pudiendo ser adoptadas por el referido equipo las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar
tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
c) Participar activamente y con una actitud adecuada en las clases teóricas complementarias de su formación
integral, cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por el equipo docente.
d) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento de que de ellos depende la imagen que el programa/proyecto ofrece al municipio, su entorno
y ciudadanos (incluidos sus posibles empleadores futuros).
e) Respetar las normas internas y cumplir y obedecer las órdenes e instrucciones impartidas por el equipo
directivo-docente en el ejercicio de sus funciones, así como personas en quien estos deleguen.
f) Respetar la dignidad de cuantas personas forma parte del programa/proyecto, así como mantener una
actitud cívica en su comportamiento personal.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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