Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00971/2023)
Bases generales de la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de Auxiliar Administrativo, personal funcionario, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Auxiliar Administrativo
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Ayuntamiento de Valverde de Mérida
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10.2.2. Calendario y realización de las pruebas.
La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se dará a conocer junto con la publicación
de la lista de admitidos y excluidos, en el BOP y tablón de anuncios físico y electrónico del Ayuntamiento. Entre el anuncio y
las pruebas no podrán pasar menos de 10 días hábiles.
10.2.3. Identificación de los aspirantes.
El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar
provistos del DNI, NIE o documento equivalente. En la realización de los ejercicios se garantizará, siempre que sea posible, el
anonimato de los aspirantes.
10.2.4. Llamamientos.
Orden de actuación de los aspirantes. Los aspirantes se convocarán en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor,
invocado con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribuna, la no presentación de un aspirante a
cualquiera de los ejercicios obligatorios, en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su
derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del proceso selectivo.
10.2.5. Publicación de las respuestas consideradas correctas.
Una vez terminada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica.
Resultas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal dictará resolución fijando la relación definitiva de aspirantes
aprobados/as por su orden de puntuación, que bajo ninguna circunstancia podrá contener un número superior al de la
plaza convocada.
Dicha relación será elevada por el Tribunal Calificador a la Alcaldía del Ayuntamiento con la propuesta de candidato/a para la
formalización del correspondiente nombramiento de funcionario.
No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de la plaza convocada.
10.2.6. Sistema de calificación.
Al ser los ejercicios evaluables por medios objetivos, la calificación final de la fase de oposición será la suma de ambas
puntuaciones.
Es necesario sacar un mínimo de 20 puntos en cada uno de los ejercicios para ser propuesto para el nombramiento de
funcionario de carrera.
11.- FASE DE CONCURSO. VALORACIÓN DE MÉRITOS.
1. Titulación. Máximo 1 punto.
Por poseer titulación académica, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1 punto, en la forma
siguiente:
Doctorado Universitario: 1,00 puntos.
Master Universitario: 0,95 puntos.
Licenciatura, Ingeniero o Arquitecto: 0,90 puntos.
Grado Universitario: 0,85 puntos.
Diplomatura Universitaria, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico: 0,80 puntos.
Técnico Superior: 0,75 puntos.
Bachiller-LOE, Bachillerato-LOGSE, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller Superior: 0,70 puntos.
Técnico: 0,65 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen. A
efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general.
2. Acciones formativas. Máximo 4 puntos.
Por la participación en acciones formativas, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza
solicitada, hasta un máximo de 4 puntos, en la forma siguiente:
Para las impartidas en la Administración General del Estado, en las Administraciones de las comunidades autónomas,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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10.2.2. Calendario y realización de las pruebas.
La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se dará a conocer junto con la publicación
de la lista de admitidos y excluidos, en el BOP y tablón de anuncios físico y electrónico del Ayuntamiento. Entre el anuncio y
las pruebas no podrán pasar menos de 10 días hábiles.
10.2.3. Identificación de los aspirantes.
El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar
provistos del DNI, NIE o documento equivalente. En la realización de los ejercicios se garantizará, siempre que sea posible, el
anonimato de los aspirantes.
10.2.4. Llamamientos.
Orden de actuación de los aspirantes. Los aspirantes se convocarán en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor,
invocado con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribuna, la no presentación de un aspirante a
cualquiera de los ejercicios obligatorios, en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su
derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del proceso selectivo.
10.2.5. Publicación de las respuestas consideradas correctas.
Una vez terminada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica.
Resultas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal dictará resolución fijando la relación definitiva de aspirantes
aprobados/as por su orden de puntuación, que bajo ninguna circunstancia podrá contener un número superior al de la
plaza convocada.
Dicha relación será elevada por el Tribunal Calificador a la Alcaldía del Ayuntamiento con la propuesta de candidato/a para la
formalización del correspondiente nombramiento de funcionario.
No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de la plaza convocada.
10.2.6. Sistema de calificación.
Al ser los ejercicios evaluables por medios objetivos, la calificación final de la fase de oposición será la suma de ambas
puntuaciones.
Es necesario sacar un mínimo de 20 puntos en cada uno de los ejercicios para ser propuesto para el nombramiento de
funcionario de carrera.
11.- FASE DE CONCURSO. VALORACIÓN DE MÉRITOS.
1. Titulación. Máximo 1 punto.
Por poseer titulación académica, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1 punto, en la forma
siguiente:
Doctorado Universitario: 1,00 puntos.
Master Universitario: 0,95 puntos.
Licenciatura, Ingeniero o Arquitecto: 0,90 puntos.
Grado Universitario: 0,85 puntos.
Diplomatura Universitaria, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico: 0,80 puntos.
Técnico Superior: 0,75 puntos.
Bachiller-LOE, Bachillerato-LOGSE, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller Superior: 0,70 puntos.
Técnico: 0,65 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen. A
efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general.
2. Acciones formativas. Máximo 4 puntos.
Por la participación en acciones formativas, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza
solicitada, hasta un máximo de 4 puntos, en la forma siguiente:
Para las impartidas en la Administración General del Estado, en las Administraciones de las comunidades autónomas,
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