Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00971/2023)
Bases generales de la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de Auxiliar Administrativo, personal funcionario, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Auxiliar Administrativo
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Ayuntamiento de Valverde de Mérida

Anuncio 971/2023

8.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean
corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
8.4. De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se harán constar las calificaciones de los
ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
8.5. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal o del órgano convocante, que
alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido
variaciones de la circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de
los requisitos, con trámite de audiencia al interesado. El órgano convocante, de forma motivada, podrá en su caso, declarar
decaído en su derecho al interesado.
9.- SISTEMA SELECTIVO.
9.1. Sistema de selección.
La selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de concurso-oposición.
9.2. Motivación del sistema seleccionado.
La elección de este sistema se fundamenta en la naturaleza de la plaza y de las funciones a desempeñar en el puesto de
trabajo, siendo, por tanto, el sistema de concurso-oposición el más adecuado porque permite aprovechar, valorándolas de
forma limitada y proporcionada, la experiencia profesional previa y la formación complementaria acreditadas por los
aspirantes, ajustándose con ello a lo establecido en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
9.3. Fases del procedimiento.
El procedimiento selectivo constará de dos fases: una fase de oposición, con dos ejercicios de carácter eliminatorio, y una
fase de concurso para los que hayan superado la de oposición que no tendrá carácter eliminatorio, ni determinará en
ningún caso, por sí misma, el resultado del proceso selectivo.
10.- FASE OPOSICIÓN.
10.1. Objeto.
La fase de oposición comprenderá dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos. Ambos ejercicios
se realizarán en el mismo acto. Puntuación máxima 80 puntos.
• Primer ejercicio (40 puntos).
Prueba teórica tipo test con 50 preguntas. Por cada pregunta se ofrecerán tres posibles respuestas, de las cuales solo una
será la correcta. Se valorarán con 0,80 puntos cada respuesta contestada correctamente y se restará 0,50 puntos por cada
respuesta contestada incorrectamente.
Se plantearán 5 preguntas adicionales que servirán de preguntas de reserva en el caso de que se presentaran alegaciones
sobre las 50 preguntas que condujeran a la anulación de alguna de ellas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 80 minutos
• Segundo ejercicio (40 puntos).
Consistirá en superar un examen sobre uno o varios supuestos prácticos fijados por el Tribunal con anterioridad a la
prueba. Sobre el/los supuesto/s se plantearán 6 preguntas tipo test, cada una de ellas con tres posibles respuestas. Se
valorará con 6,666 puntos cada respuesta contestada correctamente y se restará 1,5 puntos por cada respuesta contestada
incorrectamente.
Se plantearán 2 preguntas adicionales que servirán de preguntas de reserva en el caso de que se presentaran alegaciones
sobre las 6 primeras preguntas que condujeran a la anulación de alguna de ellas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 30 minutos.
10.2. Comienzo y desarrollo de las pruebas.
10.2.1. Programa.
El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que se publica en el anexo I a estas bases.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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