Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00971/2023)
Bases generales de la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de Auxiliar Administrativo, personal funcionario, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Auxiliar Administrativo
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Ayuntamiento de Valverde de Mérida

Anuncio 971/2023

en las entidades que integran la Administración local, en los organismos y entidades de derecho público de dichas
Administraciones; universidades y colegios profesionales; y las organizaciones sindicales y entidades promotoras en
el marco del acuerdo de formación continua, por cada hora lectiva: 0,004 puntos.
Para el resto de las impartidas en cualquier otra entidad no contemplada en el párrafo anterior, por cada hora
lectiva: 0,002 puntos.
Para las realizadas con aprovechamiento, organizadas, impartidas u homologadas por la Administración General del
Estado, las Administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la Administración local, los
organismos y entidades de derecho público de dichas administraciones; universidades y colegios profesionales; y las
organizaciones sindicales y entidades promotoras en el marco del acuerdo de formación continua, por cada hora
lectiva: 0,003 puntos.
Para las realizadas con aprovechamiento, organizadas o impartidas por cualquier otra entidad, no contemplada en el
párrafo anterior, por cada hora lectiva: 0,0015 puntos.
Para las de asistencia, organizadas, impartidas u homologadas por la Administración General del Estado, las
Administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la Administración local, los organismos
y entidades de derecho público de dichas administraciones; universidades y colegios profesionales; y las
organizaciones sindicales y entidades promotoras en el marco del acuerdo de formación continua, por cada hora
lectiva: 0,0015 puntos.
Para las de asistencia, organizadas o impartidas por cualquier otra entidad, no contemplada en el párrafo anterior,
por cada hora lectiva: 0,00075 puntos.
Cuando no determinaren el número de horas de las que constó, se valoraran como los de hasta 1 hora.
3. Experiencia. Máximo 15 puntos
La experiencia se valorará por cada día de servicios prestados y hasta un máximo de 15 puntos, siempre que exista o haya
existido relación laboral de carácter funcionarial o contractual, en la forma siguiente:
En plazas o puestos de igual categoría y cualificación a la que se aspira en cualquier Administración Pública: 0,004167
puntos.
En plazas o puestos de igual categoría y cualificación a la que se aspira en la empresa privada: 0,0014 puntos.
No se computarán servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la
siguiente documentación:
Titulación: Titulo expedido u homologado por el Ministerio de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado los
derechos de expedición del correspondiente título.
Acciones formativas: Certificación, titulo o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación
del número de horas de duración y si en el mismo se realizaron pruebas de evaluación, así como la materia o contenido del
mismo.
Experiencia: Certificación de servicios prestados de la Administración donde se hayan prestado servicios en la que conste
naturaleza del vínculo, denominación del puesto y, en su caso, grupo de clasificación y nivel del mismo, o bien mediante
contrato de trabajo acompañado de informe de vida laboral y, en el caso de empresa privada, certificación de la misma en
los términos anteriores o contrato de trabajo acompañado en ambos casos de informe de vida laboral expedido por la
Seguridad Social acreditativo del periodo de contratación, sin que sean tenidos en cuenta cualesquiera otros servicios que
no hayan sido prestados bajo cualquier relación de carácter funcionarial o contractual laboral con entidades o empresas
públicas o privadas (contratos de servicios, suministros, trabajos autónomos, etc.).
Solamente pasará a la baremación de la fase de concurso a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
12.- CALIFICACIÓN FINAL.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones totales obtenidas en la fase de oposición y en la
fase de concurso.
Se configurará una lista, ordenada por puntuación de mayor a menor, que contendrá todos/as los/las aspirantes que haya
superado el proceso de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de esta convocatoria.
La calificación final será publicada en el tablón de edictos electrónico de esta Corporación.
En los supuestos de empate en la calificación final, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los
siguientes factores y por el siguiente orden:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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