Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (00931/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de usos de "El Hospital Centro Vivo" de la Diputación de Badajoz
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Delegación de Economía y Hacienda

Anuncio 931/2023

las Entidades locales".
En cuanto al régimen jurídico aplicable, lo primero que hay que destacar es que el artículo 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) excluye expresamente de su ámbito de aplicación a los
contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles, sin perjuicio de aplicar los principios de la misma para resolver las
dudas y lagunas que pudieran presentarse. Por lo tanto, en cuanto a su preparación y adjudicación, este negocio jurídico se
rige por la legislación patrimonial, es decir, la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), y el Real
Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la LPAP, todo ello en relación con el
Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL) y el Real
Decreto 781/1986 de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia
de Régimen Local.
El usuario habrá de satisfacer un canon no inferior al 6 por 100 del valor en venta de los bienes y que según el artículo 3.1
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, constituye para la Diputación de Badajoz un ingreso de derecho privado, al considerarse rendimientos o
producto de cualquier naturaleza derivados de su patrimonio.
En ejercicio de la potestad reglamentaria y de autoorganización que reconoce a la provincia el artículo 4.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia, la Diputación Provincial de Badajoz acuerda regular mediante el presente
reglamento las condiciones generales aplicables para la autorización del uso de los espacios de El Hospital centro vivo, así
como el procedimiento de autorización y los derechos y obligaciones de los usuarios.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto.
El presente reglamento tiene como objeto regular la utilización por plazo inferior a 30 días naturales, de los espacios de
"ElHospital centro vivo" de la Diputación de Badajoz para la organización de conferencias, seminarios, presentaciones, actos
u otros eventos, en los términos del apartado 3 del artículo 105 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones
Públicas.
Artículo 2.- Finalidad.
El hospital es un bien patrimonial de Diputación de Badajoz, es un centro abierto que, pretende convertirse en un espacio
activo, catalizador de la vida de la provincia y la ciudad de Badajoz, aglutinador de programas diversos y distintos, generador
de sinergias constantes, por y para la ciudadanía, y dinamizador del turismo, la cultura, el desarrollo rural y la sostenibilidad.
Como valores, se destacan el aprendizaje, la colaboración, la creatividad, el ocio, la diversidad, la innovación, la
sostenibilidad, la coherencia y la tolerancia.
Artículo 3.- Descripción de los espacios.
El Hospital se estructura en los siguientes espacios físicos:
- Patio principal: Cuenta con un escenario, así como con una platea con asientos para el público, con todo lo
necesario desde el punto de vista técnico y estructural, sin abandonar la estética del edificio, para generar un
espacio acondicionado que facilite la realización de toda una serie de ofertas culturales, de mediano y
pequeño formato, que concite un espacio de referencia cultural en la ciudad y a nivel provincial.
- Patio de los pozos: Espacio multifuncional abierto concebido para la realización de cualquier tipo de
actividad de carácter ambiental, social…
- Patio joven: Espacio ideado para el desarrollo de actividades con y para el público infantil y juvenil.
- Patio gastronomía: Lugar concebido para que el público en general pueda degustar los productos que se
adquieran en el espacio gastronomía, dotado de mesas y asientos de distintas alturas a modo de veladores.
Otros espacios, en los que podrán alojarse actividades son:
- Galería central.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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