Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (00932/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del canon de arrendamiento por la autorización de uso privativo de "El Hospital Centro Vivo" de la Diputación de Badajoz
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Delegación de Economía y Hacienda

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2. En el caso de que se necesiten días adicionales para montaje y desmontaje de las instalaciones propias del
evento, y siempre que quede libre una mitad de la jornada para el desarrollo de otras actividades, se reducirá
el canon al 50% por cada día adicional.
5. En el caso de que se cumplan varias condiciones de las indicadas en los puntos anteriores, se podrán acumular las
reducciones indicadas, a excepción de las actividades en las que el fin principal sea la obtención de un beneficio económico
para el autorizado, que sólo podrán aplicarse las reducciones del punto 4 anterior.
Artículo 4.- Autorizados.
Se consideran autorizados las personas físicas y jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria a los que se le otorguen las correspondientes autorizaciones.
Artículo 5.- Solicitudes.
Los interesados en la utilización de los espacios deberán solicitarlo por medio del formulario correspondiente que habrá de
ser dirigida al Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, con al menos 2 meses de antelación con respecto a la
fecha en que se pretenda dicha utilización.
A fin de facilitar la correcta cumplimentación de la solicitud habrá de ajustarse al modelo que se acompaña como anexo II y
en ella se hará constar lo siguiente:
a) Datos del solicitante o de su representante (nombre y apellidos o razón social; DNI o CIF, dirección, teléfono
y dirección de correo electrónico).
b) Declaración responsable de no estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones para contratar con el sector
público.
c) Declaración responsable de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social.
d) Fecha duración y horario del evento, incluyendo en su caso el montaje y desmontaje.
e) Finalidad del evento. Para ello acompañará una breve memoria de la actividad que se pretende realizar y
los elementos previstos para montaje e instalación.
f) Número previsto de ocupantes o asistentes.
g) Las necesidades técnicas de cada evento.
h) En el caso de solicitar alguna reducción, documentación que justificativa de la misma.
Con carácter previo a la cesión, la Diputación podrá requerir cuantos documentos, informes o aclaraciones complementarias
considere oportunos si la información aportada junto a la solicitud se considera insuficiente.
Las solicitudes, acompañadas del resto de documentación, se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de
Badajoz, y se tramitarán preferentemente a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de
Badajoz.
No obstante, se podrá hacer uso, para la presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas
aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
La presentación de solicitudes, a través del registro electrónico, podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido en la dirección que a continuación se describe:
https://sede.dip-badajoz.es
En la presentación de solicitudes y el resto de la documentación se utilizarán los modelos normalizados que podrán
descargarse en la siguiente dirección Web:
https://elhospital.dip-badajoz.es/
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por la
Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz, y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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