Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (00858/2023)
Bases de selección para la cobertura en propiedad de dos plazas de Administrativo, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno

Anuncio 858/2023

personas aspirantes admitidos y excluidos, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la
inclusión de los aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones, determinando lugar, fecha y
hora de inicio del procedimiento de selección y los componentes del Tribunal de Selección.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página web del ayuntamiento
de Villanueva del Fresno.
Sexta.- Tribunal Calificador.
Estará integrado por cinco miembros (una Presidencia, tres vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad, y se
tenderá a la paridad entre hombres y mujeres. Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser
personal funcionario de carrera y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A
sus deliberaciones pueden asistir como observador un representante por cada organización sindical con representación en
el Ayuntamiento de Villanueva del Fresno (Badajoz). Los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la
autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes admitidos. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia
de más de la mitad de sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la vocalía
presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas
o de otra índole, así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con
carácter temporal de otras administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades
técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Séptima.- Sistema selectivo.
El proceso de selección será el de concurso-oposición, por el turno de promoción interna, que consistirá en la celebración
sucesiva de las fases de oposición y concurso, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que a continuación se
especifican:
1. Fase de oposición (hasta un máximo de 10 puntos): Constará de un único ejercicio de carácter teórico, siendo de carácter
obligatorio y eliminatorio, y valorado en 10 puntos. Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de 60 minutos,
a un cuestionario de 40 preguntas, más 10 adicionales como reservas, las cuales sustituirán, siguiendo el mismo orden en el
que estén planteadas, a las preguntas que en su caso, sean anuladas con posterioridad al inicio del ejercicio.
Las preguntas versarán sobre el programa adjunto a la presente convocatoria (anexo I). Para cada pregunta se propondrán
tres opciones de respuesta alternativas de las que solo una será correcta, siendo valorada cada respuesta correcta con 0,25
puntos.
Calificación de la fase de oposición: El ejercicio de la oposición, eliminatorio, se calificará siendo valorada cada respuesta
correcta con 0,25 puntos. No puntuarán las respuestas no contestadas ni las erróneas. Los/las aspirantes que no superen u
obtengan un 50% de la puntuación fijada como máxima para este ejercicio de carácter eliminatorio, resultarán
eliminados/as, no pasando a la fase de concurso.
2. Fase de concurso (hasta un máximo de 4 puntos):
- Por los servicios prestados en la administración pública en el Grupo desde el que se promociona para optar
a las plazas ofertadas, se concederán 0,0125 puntos por mes de servicio efectivo, computándose hasta un
máximo de doscientos cuarenta meses, acumulando todos los periodos y despreciándose la fracción final
resultante inferior al mes. Hasta un máximo de 3 puntos.
- Por haber realizado cursos de formación relacionados con el puesto de trabajo al que se opta, se
concederán 0,01 puntos por hora de formación. Únicamente se valorarán los cursos de formación y
perfeccionamiento impartidos por las administraciones públicas, Universidades públicas, así como los
impartidos por centros o entidades acogidos al plan de formación continua de las administraciones públicas,
que estén directamente relacionados con las funciones de la categoría convocada, así como con la materia de
riesgos laborales e igualdad de género. No se asignará puntuación alguna cuando la duración en horas no
esté debidamente acreditada. Hasta un máximo de 1 punto.
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. El Tribunal de Selección
se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar cuantas aclaraciones o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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