Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (00858/2023)
Bases de selección para la cobertura en propiedad de dos plazas de Administrativo, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno

Anuncio 858/2023

información adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
3. Determinación de la puntuación: La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de
oposición y en la fase de concurso, hasta un máximo de catorce puntos. En caso de empate, se resolverá por la mejor
puntuación obtenida en la fase de oposición; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso en lo
concerniente a los servicios prestados (experiencia laboral), a continuación, la puntuación obtenida en la fase de concurso
pero en lo concerniente a la formación recibida y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
Octava.- Desarrollo del proceso selectivo.
Con carácter general, las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento
único, siendo excluidas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán
apreciados y ponderados por el Tribunal.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres, y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en
Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización a causa de embarazo de
riesgo o parto, debidamente acreditada, que deberá ser comunicada al Tribunal con suficiente antelación, en todo caso,
dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba, adjuntando informe médico que lo
demuestre, de modo que sea valorada y la persona pueda ser convocada con posterioridad.
La situación del aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha causa y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a
una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la
publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio común para
todas estas situaciones.
Novena.- Calendario.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución en el plazo máximo de 2 meses, declarando
aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, señalando un plazo de 10 días hábiles para la subsanación
de defectos y reclamaciones.
En el término de 15 días desde que finalice el plazo de subsanación, se dictará resolución por la que se aprobará la lista
definitiva de personas admitidas y excluidas, la composición del Tribunal y el lugar, fecha y hora del ejercicio de la fase de
oposición.
El inicio del procedimiento de selección tendrá lugar, antes de que transcurran 6 meses desde la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias. El plazo máximo de resolución de la convocatoria, no será superior a 12 meses.
El calendario estará siempre sujeto a acontecimientos imprevisibles y causas de fuerza mayor.
Décima.- Resolución de la convocatoria.
Una vez finalizadas todas las pruebas y valorada, en su caso, la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como
funcionarios/as en las plazas convocadas, de quienes hayan obtenido las mayores puntuaciones totales.
No se podrá proponer el acceso a la condición de funcionario/a de carrera de un número superior de aspirantes al de plazas
convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
Undécima.- Presentación de documentos.
Las personas seleccionadas deberán presentar en el registro de documentos del Ayuntamiento de Villanueva del Fresno
(Badajoz), dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de
aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la
convocatoria:
a) Certificación, en su caso, del cumplimiento del requisito establecido en el apartado a) de la base tercera de
esta convocatoria.
b) Titulación académica exigida o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho
título. El interesado aportará copia autenticada o entregará una copia, requiriéndose en este caso, la
exhibición del documento original para su cotejo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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