Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (00858/2023)
Bases de selección para la cobertura en propiedad de dos plazas de Administrativo, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno

Anuncio 858/2023

a) Tener la condición de personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Villanueva del Fresno,
perteneciente a la escala de la administración general o especial, subescala Auxiliar, subgrupo C2; según el
artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y haber prestado, al
menos, dos años de servicios efectivos en puestos reservados a esa subescala y subgrupo.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Estar en posesión del título o haber finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para
su obtención, de Bachiller o Técnico Superior de Formación Profesional o equivalentes, según lo previsto en el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la
Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia, que acredite la citada
equivalencia.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de
Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.
d) No estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar cumpliendo la sanción
por dichas faltas, así como no haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones
públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
Cuarta.- Solicitudes.
El plazo para presentar la solicitud será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
La solicitud de admisión se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente, ya que quienes acceden por el sistema de
promoción interna, tienen la condición de personal empleado público y están obligados por tanto a relacionarse con la
administración a través de medios electrónicos, de conformidad con el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para ello, la sede electrónica corporativa del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno dispone del procedimiento
habilitado al efecto, accesible en la dirección https://villanuevadelfresno.sedelectronica.es (trámite de registro de
documentos) disponible las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido.
A la solicitud de admisión, se le adjuntará la documentación que a continuación se indica:
- Documentos, copias de los originales, acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso.
En el caso de servicios prestados en el Ayuntamiento de Villanueva del Fresno, se recabarán de oficio.
Para ser admitido al proceso selectivo, bastará con la declaración que incorpora la solicitud, por la que los/las aspirantes
manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos consignados y que reúnen el resto de requisitos exigidos en
la base tercera. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado en su caso, y cuando proceda, mediante la posterior
aportación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la base décimo primera.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases. El Ayuntamiento de Villanueva del Fresno se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la
documentación aportada o solicitar el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrá requerir la
exhibición del documento o de la información original cuando se considere necesario. La aportación de tales copias implica
la autorización a la administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz, y en la página web de Villanueva del Fresno (https://villanuevadelfresno.es) se hará pública la lista completa de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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