Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00868/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión de puesto de Técnico Gestión Administrativa con destino en el Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad mediante concurso permanente y abierto
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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2. La acreditación del mérito alegado expresamente para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral
se hará aportando junto con la solicitud el certificado de residencia o de empadronamiento.
Si el/la participante solicita que se valore que su cónyuge/pareja de hecho trabaja en el mismo municipio en el
que se encuentra el puesto vacante solicitado, deberá acreditar la relación que se alega y presentar
certificado acreditativo del lugar en el que el cónyuge/pareja de hecho trabaja, salvo que este preste servicios
en la Diputación, en cuyo caso únicamente deberá acreditarse la relación. La residencia de hijas/os o
familiares se acreditará mediante certificado de residencia o empadronamiento de estas/os.
Séptima. Prioridad en la adjudicación de los puestos de trabajo.
1. La puntuación mínima exigida para que puedan adjudicarse la vacante convocada será de 3 puntos.
2. El orden de prioridad para la adjudicación de la vacante vendrá determinado por la puntuación total
obtenida según el baremo aplicable, de acuerdo con la preferencia manifestada en la solicitud.
3. En caso de empate en la puntuación total se acudirá a lo previsto en la base quinta.
Octava. Comisión Técnica de Valoración.
1. Se nombrará una Comisión Técnica de Valoración junto con la lista definitiva de aspirantes admitidas/os y
excluidas/os, que estará integrada por los siguientes miembros:
a) Presidente:
La Directora del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, o Director/a del Área/Unidad afectada, o
responsable superior del departamento, o persona en quien deleguen, quien actuará con voz y voto.
b) Vocales:
Serán un total de cinco vocales que se elegirán por sorteo entre empleadas/os públicos de la Diputación de
Badajoz y sus OOAA que desempeñen puestos con carácter definitivo de grupo de titulación igual o superior
al que sea objeto de provisión, si bien dos de los Vocales serán sorteados entre personal del área funcional
objeto de la convocatoria. Todos ellos actuarán con voz y voto.
c) Secretario:
Una/un funcionaria/o del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Diputación Provincial de
Badajoz que actuará con voz y voto.
2. Las organizaciones sindicales podrán participar en el proceso selectivo en calidad de observadores.
3. Los miembros en los que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento
comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados por las/los aspirantes admitidas/os.
4. La Comisión Técnica de Valoración podrá solicitar de la Presidencia de la Diputación la designación de
expertas/os que, en calidad de asesoras/es, actuarán con voz pero sin voto.
5. A la Comisión Técnica de Valoración le será de aplicación el Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio de las/los funcionarias/os públicas/os.
6. A la Comisión de Valoración le será de aplicación el régimen previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, para los Órganos Colegiados.
7. La composición de la Comisión de Valoración del concurso permanente y abierto se adecuará al criterio de
paridad entre mujeres y hombres.
Novena. Resolución del procedimiento.
1. La Comisión de Valoración, una vez realizadas las tareas de valoración de las/os aspirantes admitidos a la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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