Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00868/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión de puesto de Técnico Gestión Administrativa con destino en el Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad mediante concurso permanente y abierto
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 868/2023

convocatoria, hará pública en el tablón de anuncios de la Oficina de atención a la ciudadanía la puntuación
obtenida por cada uno de las/los participantes así como la relación provisional comprensiva de los aspirantes
que obtienen destino y de los puestos que le son adjudicados.
2. En el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a dicha publicación, las/os
interesadas/os podrán formular las alegaciones que estimen oportunas, que serán analizadas y, en su caso,
resueltas por la Comisión.
3. Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas,
la Comisión de Valoración, elevará propuesta de adjudicación a la Delegación del Área de Recursos Humanos
y Régimen Interior de la Corporación quien resolverá el concurso mediante decreto que se motivará en la
observancia de la normativa vigente, las bases generales y las de la convocatoria que vinculan por igual a la
administración y a las/os participantes, así como la valoración final de los méritos de las/os candidatas/os, el
cual contendrá igualmente la relación de las/os aspirantes que hayan obtenido destino y de los puestos que
les hayan sido adjudicados y la valoración final de los méritos, y dispondrá su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia, agotando dicho acto la vía administrativa.
4. El plazo para la resolución de la convocatoria correspondiente será de 6 meses contados desde el día
siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
5. Únicamente podrán quedar puestos desiertos cuando no concurran aspirantes que reúnan las condiciones
y requisitos exigidos en la convocatoria o, que en su caso, no superen la puntuación mínima exigida para
resultar adjudicatario de un puesto.
Décima. Toma de posesión.
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio de
residencia de la/del funcionaria/o, o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá
justificarse.
2. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al de la notificación de la
resolución, salvo en el supuesto de que la/el interesada/o tuviera concedidas vacaciones, permisos o licencias,
en cuyo caso el cómputo se iniciará cuando estas finalicen. No obstante, por causas excepcionales y
debidamente motivadas por el órgano competente, se podrá suspender el disfrute de los mismos.
3. Asimismo, en el caso de que la/el interesada/o se encuentre en la situación de servicios especiales, el
cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso al servicio activo.
4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo puesto, y siempre
que no se incumpla por causa imputable a la/al interesada/o.
Décimo primera. Destino.
1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se
hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
2. En ningún caso, se adjudicará a la funcionaria/o una vacante en una delegación u organismo autónomo a
los que no haya optado.
Décimo segunda. Remoción del puesto de trabajo.
Los/as funcionarios/as que accedan a un puesto de trabajo por el procedimiento de concurso podrán ser
removidos por causas sobrevenidas, derivadas de una alteración en el contenido del puesto, realizada a
través de la relación de puestos de trabajo, que modifique los supuestos que sirvieron de base a la
convocatoria, o de una falta de capacidad para su desempeño manifestado por rendimiento insuficiente, que
no comporte inhibición y que impida realizar con eficacia las funciones atribuidas al puesto, debidamente
acreditada conforme al procedimiento que deberá instruirse al efecto.
Décimo tercera. Incidencias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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