Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. (00835/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora sobre la gestión de residuos de construcción, demolición y otros
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Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara

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Local, el control de la producción, de la gestión y del destino de los residuos generados en el desarrollo de obras y
actuaciones de construcción y demolición, sometidos a intervención administrativa municipal previa; asimismo, atribuye
competencia a los ayuntamientos para establecer los instrumentos y las actuaciones necesarias para llevar a cabo el control
de la generación y del tratamiento de residuos de construcción y demolición, en el marco de la legislación estatal y de la
Comunidad Autónoma, mediante el dictado de Ordenanzas municipales.
El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la Producción y Gestión de Residuos de la Construcción y
Demolición, atribuye, en su artículo 6, el régimen de control de la producción, posesión y gestión de los residuos de
construcción y demolición a las comunidades autónomas y las entidades locales, promoviendo la colaboración y asistencia
mutua entre ambas.
Por otro lado, el Real Decreto 105/2008, en su disposición adicional primera excluye de las obligaciones de productores y
poseedores de RCD (artículos 4 y 5) desarrolladas por el Real Decreto, a todas aquellas obras menores de construcción o
reparación domiciliaria, las cuales deberán estar sujetas a los requisitos que establezcan las entidades locales en sus
respectivas ordenanzas municipales.
Artículo 5.- Objetivos.
Esta Ordenanza tiene por objetivos:
- Separación de los RCD en obra, por materiales, a partir de los umbrales establecidos en el Real Decreto
105/2008.
- Erradicación del vertido incontrolado de RCD.
-Tratamiento de los RCD por gestor autorizado en los términos establecidos en la legislación.
- Fomento de la reutilización y el reciclado de los RCD que se generen, así como otras formas de valorización
artículo 6.
- Fomento de la prevención y de la utilización de productos procedentes de la valorización de RCD por parte
de las Administraciones Públicas.
El Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara fomentará en los contratos de obras públicas y en los de concesión de obras
públicas, a través de los pliegos de prescripciones técnicas, la utilización de productos provenientes de la reutilización o
reciclaje de los RCD.
CAPÍTULO II.- GESTIÓN DE RESIDUOS CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN
Artículo 7.- Regulación general.
En los procedimientos para otorgamiento de las licencias de obras y toma de conocimiento de comunicaciones previas se
seguirán trámites dirigidos a la cuantificación de los residuos que generen dichas obras, control de su entrega a gestores
autorizados y cuantificación y formalización de fianza o garantía para responder de las obligaciones establecidas en la
presente Ordenanza.
Con la solicitud o comunicación de obras se incluirá la siguiente documentación:
1.- Obra mayor: El productor de residuos de construcción y demolición, sin perjuicio de los demás requisitos
exigidos por la legislación sobre residuos, deberá incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de
gestión de residuos de construcción y demolición que contendrá como mínimo:
Una estimación de la cantidad, expresada en toneladas y en metros cúbicos (teniendo en cuenta la
equivalencia de 1 m3=1,4 toneladas), de los residuos de construcción y demolición que se generarán en
la obra codificados según Lista Europea de Residuos.
Las medidas para la prevención de generación de residuos en la obra objeto del proyecto.
Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los residuos que se
generarán en la obra.
Las medidas para la separación de los residuos en obra, en particular, para el cumplimiento por parte
del poseedor de los residuos, de la obligación de separar en fracciones de acuerdo con lo establecido
en la presente Ordenanza.
Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso,
otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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