Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (00666/2023)
Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones 2023 para financiar la redacción de proyectos de obra que contribuyan a impulsar el reto demográfico y los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030
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Área de Fomento

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Cuarto.- Solicitudes.
Deben presentarse las solicitudes en un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las solicitudes se presentarán en modelo normalizado que se establece en el anexo 1 de las bases reguladores de la
convocatoria, y serán dirigidas al Área de Fomento de la Diputación Provincial de Badajoz.
Las solicitudes se tramitarán a través de la sede electrónica de Diputación de Badajoz. La presentación de solicitudes podrá
realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido, estando ubicado dicho registro en la página
principal de Diputación de Badajoz, en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los anexos que se tienen que adjuntar obligatoriamente estarán disponibles en los siguientes enlaces Web:
http://fomento.dip-badajoz.es/subvenciones,
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php,
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Quinto.- Criterios de otorgamiento y distribución.
Los proyectos subvencionados serán los honorarios de redacción de proyectos de obra (no pudiendo incluirse en ningún
caso gastos de dirección de obra ni los gastos de coordinación de seguridad y salud) y las cantidades a subvencionar se
determinarán conforme a lo establecido en esta base, y siempre teniendo como límite:
- La cuantía total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria 500.000,00 €
- A cada entidad beneficiaria, se le concederá una subvención por importe del presupuesto presentado, el
cual no podrá superar en ningún caso la cantidad de 15.000,00 euros.
Los criterios para la selección y asignación de los fondos entre los distintos beneficiarios, serán:
a) La población conforme al último censo del padrón municipal publicado por el Instituto Nacional de
Estadística.
b) La inexistencia de personal cualificado, dentro de la estructura de personal de la entidad solicitante, para la
redacción del proyecto de obra, cuya financiación se solicita.
c) La redacción del proyecto de obras de infraestructuras, que se solicita, se refiera a ciertas obras que tengan
un impacto relevante en el desarrollo de políticas de desarrollo del reto demográfico.
d) No haber recibido subvención en las convocatorias anteriores (los 2 últimos años) o que la misma esté por
debajo del importe de 3.000,00 euros.
En concreto, se regulan los siguientes criterios de selección, que configuran el desarrollo del presente proceso de selección
competitiva:
1. La población conforme al último censo del padrón municipal publicado por el Instituto Nacional de
Estadística.
2. Inexistencia de personal cualificado, dentro de la estructura de personal de la entidad solicitante, para la
redacción del proyecto de obra, cuya financiación se solicita.
3. La redacción del proyecto de obras de infraestructuras, que se solicita, se refiera a ciertas obras que tengan
un impacto relevante en el desarrollo de políticas de desarrollo del reto demográfico.
4. No haber recibido subvención en las convocatorias anteriores (los 2 últimos años) o que la misma esté por
debajo del importe de 3.000,00 euros.
En concreto, se regulan los siguientes criterios de selección, que configuran el desarrollo del presente proceso de selección
competitiva:
1 Número de habitantes del municipio o entidad local menor solicitante, según el último censo del padrón
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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