Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (00775/2023)
Convocatoria de ayudas económicas destinadas a la recuperación de locales comerciales vacíos durante el año 2023
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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Cuarta. Exclusiones.
Estarán excluidas de las ayudas reguladas en las presentes bases:
1. Las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General
de Subvenciones.
2. Cuando exista una vinculación patrimonial, societaria o familiar, por afinidad o consanguinidad, hasta el
segundo grado, entre el arrendador y el arrendatario, o entre los socios en caso de personas jurídicas o
entidades sin personalidad jurídica.
3. Las empresas que no tengan la consideración de PYMES, conforme al anexo I del Reglamento (UE) número
651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
4. Las entidades financieras y salas de juegos.
5. Los supuestos de traspaso o cambio de titularidad de la licencia de actividad o declaración responsable de
inicio de actividad.
6. Los supuestos de traslado de una actividad comercial o empresarial ya instalada en el municipio de
Villanueva de la Serena.
Quinta. Cuantía.
La cuantía de las ayudas dependerá del importe del alquiler del local, otorgándose una ayuda máxima de mil
(1.000,00) euros a quien, cumpliendo con los requisitos establecidos en las presentes bases, alquile un local
de la bolsa de locales comerciales por una renta igual o superior a 800 euros al mes. En el caso de que la
renta mensual sea inferior, la ayuda será proporcional al importe del alquiler.
Sexta. Crédito presupuestario.
La asignación presupuestaria será de quince mil (15.000,00) euros, con cargo a la partida 19/439/47902 del
vigente presupuesto.
Séptima. Solicitudes y tramitación.
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se iniciará mediante solicitud del interesado, formulada
conforme al modelo que será facilitado por la concejalía de Comercio y Desarrollo Económico y que podrá
obtenerse asimismo en la web municipal.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las presentes
bases, se presentarán en el Registro municipal del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, o por cualquiera
de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con la solicitud deberán acompañarse los siguientes documentos:
1. NIF, NIE o CIF de la empresa.
2. Documento acreditativo de alta como autónomo.
3. Declaración responsable de que el solicitante no está incurso en ninguna de las circunstancias que impiden
obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General
de Subvenciones.
4. Copia del contrato de alquiler del local.
5. Copia de la licencia de apertura, de la declaración responsable de inicio de actividad o del documento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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