Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (00775/2023)
Convocatoria de ayudas económicas destinadas a la recuperación de locales comerciales vacíos durante el año 2023
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 775/2023

acreditativo de su tramitación.
6. Certificado de estar al corriente con sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y el Ayuntamiento
de Villanueva de la Serena.
El solicitante deberá autorizar a la Administración municipal para poder recabar de cualquier otra
Administración, entidad o particular, la información necesaria para verificar o completar los datos declarados
y la documentación aportada.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 22 de diciembre de 2023, o hasta agotar la
disponibilidad presupuestaria.
Cuando la solicitud no esté debidamente formalizada, falte algún dato o no se aporte alguno de los
documentos exigidos, se requerirá al interesado para que subsane la deficiencia en el plazo de diez días
hábiles, a contar desde la notificación, con indicación de que, en caso de no hacerlo, se archivará su solicitud
sin más trámite.
Octava. Instrucción y resolución.
La instrucción del procedimiento se realizará por la concejalía de Comercio y Desarrollo Económico, que
estará facultada para efectuar las verificaciones necesarias de la documentación aportada por los
interesados.
Instruido el expediente y emitidos los preceptivos informes, la Agencia de Empleo y Desarrollo local elaborará
una propuesta sobre la procedencia de conceder o denegar la ayuda solicitada.
La resolución del procedimiento corresponderá a la concejalía de Comercio y Desarrollo Económico, previa
fiscalización de la intervención, estando sujetas las ayudas que se concedan a la dotación presupuestaria
existente.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses a partir de la
fecha de presentación de la solicitud. Trascurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido notificada, el
interesado deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Contra la resolución del procedimiento se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la
Alcaldía, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses.
Novena. Pago.
Las ayudas se abonarán en un pago único, previa justificación de la formalización del contrato de alquiler y el
cumplimiento de los requisitos exigidos para su concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran
establecerse para verificar las condiciones que determinan su concesión.
Décima. Obligaciones.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios de estas ayudas estarán obligados
a:
1. Presentar de forma correcta, completa y veraz, la documentación requerida en las presentes bases.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
3. Comunicar a la concejalía de Comercio y Desarrollo Económico la obtención de otras ayudas o
subvenciones para el mismo fin, procedentes de cualesquiera Administraciones o entidades públicas o
privadas, debiendo optar expresamente en este caso por aquella que más le convenga de entre las que le
hayan sido concedidas.
La omisión de esta comunicación supondrá automáticamente la revocación de la ayuda y se considerará falta
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 7