Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (00652/2023)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obra en infraestructuras municipales, que contribuyan a impulsar el reto demográfico y los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030
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Área de Fomento

Anuncio 652/2023

para la redacción de proyectos de obra en infraestructuras municipales convocadas en régimen de
concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero.- Aprobar los modelos de documentos que se relacionan para posibilitar su remisión por vía
telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
1. Solicitud de subvención para financiar proyectos de ejecución de obra en infraestructuras
municipales (anexo 1).
2. Declaración responsable (anexo 2).
3. Certificación de insuficiencia de medios (anexo 3).
4. Certificado encontrarse al corriente de las obligaciones (anexo 4).
5. Remisión de documentación para la justificación de subvención (anexo 5).
6. Certificado de justificación de la subvención (anexo 6).
7. Solicitud de prórroga del plazo de presentación de la justificación (anexo 7).
8. Identificación de los ODS (anexo 8).
Cuarto.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que se fija en la convocatoria (500.000,00 euros).
Cuarto.- Ordenar la publicación del extracto y el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia
y en la BDNS, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y
aplicable al efecto.
Quinto.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria que se celebre en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. El Diputado Delegado del Área de Fomento. Decreto (05/07/2019)
BOP (08/07/2019), Francisco Farrona Navas.- El Presidente, P.D. La Vicepresidenta 2.ª y Diputada Delegada de Recursos
Humanos y Régimen Interior. Decreto (05/07/2019) BOP (08/07/2019), Virginia Borrallo Rubio.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.

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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE OBRA
EN INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES, QUE CONTRIBUYAN A IMPULSAR EL RETO DEMOGRÁFICO Y LOS OBJETIVOS DE
DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AGENDA 2030
PREÁMBULO
En el entorno demográfico actual se hace necesaria una actuación enérgica para afrontar el problema que presenta esta
provincia, consistente en el abandono de la población de nuestras entidades locales, a todo lo cual, ineludiblemente, se
debe sumar el necesario proceso de relanzamiento de la actividad económica, como consecuencia de la grave crisis
energética y económica originada por la guerra de Ucrania.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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