Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). (00752/2023)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos de acción social durante 2023
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Delegación de Bienestar Social

Anuncio 752/2023

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través de medios electrónicos,
mediante la presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes
bases. La presentación de solicitudes a través del registro electrónico ubicado en la página principal de Diputación de
Badajoz en la dirección electrónica https://sede.dip-badajoz.es/, podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los
días del plazo establecido.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad emitido a favor del representante legal de
la misma. Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
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Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/.
Acceder como ciudadano.
En trámites por delegaciones seleccionar Bienestar Social.
Seleccionar el trámite solicitud de subvención para acción social.
Identificarse con el certificado digital de representación del representante legal de la entidad.
Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad y al representante legal de la entidad.
Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los anexos y
documentos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Las solicitudes electrónicas, mencionadas en el apartado anterior, deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 19, de
15 de enero de 2021 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los/as interesados/as aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios, conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica. Los documentos electrónicos aportados con la solicitud se consideran copias electrónicas autenticas de los
documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de la firma electrónica con
la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado/ a la exhibición del documento o de
la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La
aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal
contenida en tales documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de las bases de esta
convocatoria por parte del solicitante, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse la
subvención solicitada.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga de forma directa
la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la administración estatal, provincial y con la Seguridad
Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud (que se ajustará al formato que figura en el anexo I) firmada por el representante legal de la entidad.
2. Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
3. Copia del CIF de la entidad.
4. Copia de los estatutos de la entidad en los que se señale claramente tener entre sus fines la realización de proyectos
de acción social, según los criterios y objetivos del Plan Estratégico de Subvenciones de esta Corporación.
5. Documento que acredite la representación legal del firmante de la solicitud.
6. Formulario de identificación del proyecto según el anexo IV), incluidos objetivos, resultados, actividades, cronograma,
presupuesto, total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones
tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados
para el proyecto objeto de esta solicitud.
7. Documento acreditativo, certificado o declaración responsable de tener sede en la provincia de Badajoz.
8. Terceros. Para aquellas asociaciones que no estén inscritas en el Registro de Terceros de la Diputación o que,
estando inscritas, hayan modificado los datos incluidos en el mencionado Registro, deberán presentar modelo de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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