Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). (00752/2023)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos de acción social durante 2023
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Delegación de Bienestar Social

Anuncio 752/2023

Sin embargo, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención
relativa a esta convocatoria, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
De no justificarse así, la Diputación exigirá el reintegro por el porcentaje correspondiente al
importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar.
D.2.1.- Anexo de cuenta justificativa (anexo V), debidamente cumplimentado y
que contendrá:
1. Datos de la entidad que justifica.
2. Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
3. Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué
fondos ha sido financiada ésta.
4. Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
5. Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la
actividad subvencionada financiados con la subvención de Diputación,
incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número de
factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e
importe parcial o total imputado a la subvención de Diputación.
6. Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la
actividad subvencionada financiados con fondos propios de la entidad
solicitante u otras subvenciones o recursos, incluyendo descripción del
gasto, proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de emisión,
fecha de pago, importe de la factura, e importe parcial o total financiado
con fondos propios u otras subvenciones o recursos, así como la entidad
financiadora.
7. Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la
actividad con acreditación del importe y su procedencia. Que se haga
constar:
a) La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los
intereses derivados de los mismos.
b) La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento, así
como que la actividad subvencionada ha sido realizada en su totalidad,
habiéndose cumplido las condiciones impuestas y conseguido los
objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
c) Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en
concurrencia con otras subvenciones concedidas por agentes
financiadores, no excede del importe total de la actividad o proyecto
subvencionado.
d) Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a
gastos efectuados como consecuencia directa de la actividad objeto de
subvención y estrictamente necesarios, que se corresponden fielmente
con documentos originales que se encuentran a disposición de la
Diputación, y que el importe imputado a esta subvención no ha servido
para justificar otras subvenciones distintas.
D.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y
referidos con los números de orden que aparezcan relacionados en este:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el RD 1619/2012 o la legislación
aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados con la
aportación de Diputación. Dichas facturas/documentos serán
presentados en formato digital (escaneados o electrónicos), y no
requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no
exime en ningún caso al beneficiario, de su obligación de custodia y
puesta a disposición de las mismas si le son requeridas por la
administración. En cualquier caso, la remisión a través de la sede
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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