Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). (00752/2023)
Bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos de acción social durante 2023
27 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Delegación de Bienestar Social
Anuncio 752/2023
Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación de Badajoz, así como
en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los resultados de los proyectos
subvencionados.
Comunicación a la Diputación de Badajoz de cualquier acto público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.)
que pueda realizarse con motivo de la realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el
mismo.
Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de estas obligaciones establecidas en esta base 9), se tendrá en cuenta a la hora de
valorar la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además dará lugar a los correspondientes
requerimientos y en su caso, el inicio del expediente de reintegro.
BASE 10: JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. ESTRUCTURA Y ALCANCE.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación: La justificación de la subvención otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 15
de marzo de 2024.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos
mediante su presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de
Badajoz en la dirección electrónica https://sede.dip-badajoz.es/.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención
estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en su página principal en la
siguiente dirección:
Anexo VII: Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención
destinada a acción social durante el ejercicio económico 2023.
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación
adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, debidamente firmados por los
órganos competentes y digitalizados.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
C.1. Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una
descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, incluyendo de
forma expresa los indicadores establecidos en la base 12) , así como una copia de todo el
material documental e informativo (informes, diagnósticos, estudios, notas de prensa,
fotografías, trípticos, material de difusión, etc.) a que dé lugar la realización del proyecto y el
material documental o gráfico donde se demuestre que se ha hecho constar específicamente la
colaboración de la Diputación de Badajoz y el uso de su imagen corporativa. (Base 9.d)
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación. No se admitirá la aportación física de esta documentación.
D. Justificación económica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general, el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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subvencionados.
Comunicación a la Diputación de Badajoz de cualquier acto público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.)
que pueda realizarse con motivo de la realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el
mismo.
Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de estas obligaciones establecidas en esta base 9), se tendrá en cuenta a la hora de
valorar la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además dará lugar a los correspondientes
requerimientos y en su caso, el inicio del expediente de reintegro.
BASE 10: JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. ESTRUCTURA Y ALCANCE.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación: La justificación de la subvención otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 15
de marzo de 2024.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos
mediante su presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de
Badajoz en la dirección electrónica https://sede.dip-badajoz.es/.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención
estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en su página principal en la
siguiente dirección:
Anexo VII: Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención
destinada a acción social durante el ejercicio económico 2023.
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de justificación
adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, debidamente firmados por los
órganos competentes y digitalizados.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
C.1. Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una
descripción detallada de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, incluyendo de
forma expresa los indicadores establecidos en la base 12) , así como una copia de todo el
material documental e informativo (informes, diagnósticos, estudios, notas de prensa,
fotografías, trípticos, material de difusión, etc.) a que dé lugar la realización del proyecto y el
material documental o gráfico donde se demuestre que se ha hecho constar específicamente la
colaboración de la Diputación de Badajoz y el uso de su imagen corporativa. (Base 9.d)
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación. No se admitirá la aportación física de esta documentación.
D. Justificación económica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general, el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
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