Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (00570/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladora de la concesión de subvenciones destinadas a localidades de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Teatro Profesional "D rule: Artistas en el Territorio", para el año 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

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La resolución dictada por la Presidencia de la Diputación pone fin a la vía administrativa, pudiendo
interponerse contra la misma recurso contencioso administrativo en la forma y plazos previstos por Ley
Reguladora de dicha jurisdicción y, potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La notificación de la resolución de la convocatoria se realizará a través de la publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de odel Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
d) Modificación de la resolución.
De conformidad con los artículos 17.3.l) de la Ley General de Subvenciones y 64 de su Reglamento, la
resolución o acuerdo de concesión se podrá modificar, a solicitud del beneficiario, cuando circunstancias
sobrevenidas e imprevisibles supongan una alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión
de la subvención, siempre que las mismas no desvirtúen la naturaleza u objetivos de la subvención concedida,
que la modificación no dañe derechos de terceros y que la solicitud se presente antes de que concluya el
plazo para la realización de la actividad.
Las solicitudes de los beneficiarios, en las que habrán de motivar debidamente la alteración producida,
deberán formularse de forma inmediata a producirse la causa y en todo caso con anterioridad a la finalización
del plazo de ejecución, y serán resueltas por el órgano concedente a propuesta del titular del Área gestora de
la subvención.
El carácter excepcional de esta medida deberá quedar claramente acreditado en la solicitud y en ningún caso
será una medida generalizada ni estar motivada por razones de oportunidad o conveniencia, ni obedecer a
culpa o negligencia por parte del solicitante. Las circunstancias deben ser adecuadas, documentadas,
proporcionadas y razonables y así debe quedar acreditado en la solicitud.
9. PAGO DE LAS SUBVENCIONES.
El pago de la subvención se realizará una vez presentada la justificación por parte del beneficiario de la
realización de la actividad conforme al artículo 34.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y previo cumplimiento de los requisitos del artículo 34.5 de la citada Ley.
Estas subvenciones tienen el carácter de pospagables, es decir que los ayuntamientos subvencionados
recibirán los fondos vía transferencia bancaria una vez presentada la cuenta justificativa del gasto realizado.
Quedan expresamente excluidas estas subvenciones de la obligación de constitución de aval, seguro de
caución o cualquier otra garantía financiera.
Para el pago de las subvenciones concedidas, los Ayuntamientos beneficiarios deberán encontrarse al
corriente de sus obligaciones fiscales con la Diputación de Badajoz, conforme a lo dispuesto en el artículo
189.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, extremo que se acreditará mediante informe elaborado por la Tesorería
Provincial.
10. DESARROLLO DEL CIRCUITO.
Las actividades a subvencionar se realizarán en el periodo comprendido desde el 1 de septiembre hasta el 17
de diciembre de 2023. Los ayuntamientos beneficiarios celebrarán la actividad y abonarán el importe de la
factura al artista o grupo.
Una vez emitida la resolución de concesión, la Delegación de Cultura y Deportes notificará a los
ayuntamientos beneficiarios los datos del artista o grupo que actuará en su localidad. Los ayuntamientos se
pondrán en contacto con estos, con la finalidad de cerrar la fecha y hora de las representaciones, debiendo
ésta convenir a ambos.
Posteriormente, y en el plazo máximo de 15 días desde esta notificación, el ayuntamiento comunicará a la
Delegación de Cultura y Deportes, la fecha, lugar y hora de la representación conforme al modelo del anexo V.
Esta comunicación se tramitará exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede
electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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