Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (00448/2023)
Bases de la convocatoria, por el sistema de concurso-oposición, para la selección de una plaza de Operario de instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 448/2023

El Tribunal Calificador valorará los méritos alegados y acreditados por cada aspirante, siempre que se hayan
contraído con anterioridad a la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias, aplicando
estrictamente los que constan en la baremación y las valoraciones que en la misma se indican.
La antigüedad se alegará en la instancia en el período concedido para la declaración y justificación de los
méritos, si bien no será preciso acreditar la que conste en el expediente personal del Excelentísimo
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
No se computarán servicios que hubieran sido prestado simultáneamente con otros ya alegados.
Tampoco se computarán los servicios como personal funcionario en prácticas, si éstas no se superaron.
Aquellas actividades de naturaleza diferentes a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros,
debates o análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los seminarios sólo se valorarán si se acredita que
tienen la misma naturaleza y metodología que los cursos.
Una vez baremados los méritos, el Tribunal Calificador expondrá al público la lista de aspirantes con la
puntuación obtenida en la fase de concurso, así como la de personas aprobadas por su orden de puntuación
total, concediéndose un plazo de diez días para que formulen las reclamaciones o subsanaciones que estimen
pertinentes en relación con la baremación.
El orden de calificación final será el resultante de la suma total de puntos obtenidos en la fase de oposición y
en la fase de concurso.
En caso de empate, se acudirá a dirimirlo a la mayor puntuación alcanzada en cada uno de los ejercicios de la
fase de oposición, que se aplicarán sucesivamente en el orden en el que hayan sido realizados. En otro caso,
decidirá la superior puntuación alcanzada en la fase de concurso, apartado de cursos específicos y
experiencia/antigüedad, aplicados sucesivamente por este orden. De persistir el empate se dirimirá
atendiendo al resto del baremo de méritos.
Décima.- Relación de personas aprobadas, presentación de documentación y nombramiento.
Relación definitiva de personas aprobadas.
Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, si las hubiera, el Tribunal Calificador elaborará la relación
definitiva de personas aspirantes aprobadas, por orden de puntuación, no pudiendo éstos rebasar el número
de plazas convocadas, y elevará la citada relación a la Presidencia de la Corporación, para que formule el
correspondiente nombramiento. Al mismo tiempo, remitirá a dicha Autoridad, a los efectos oportunos,
(incluso el de constitución de la correspondiente bolsa de trabajo), el acta de la última sesión, en la que
habrán de figurar, por orden de calificación, todas las personas opositoras que, habiendo superado todas las
pruebas, excediesen del número de plazas convocadas.
Presentación de documentos.
Las personas propuestas por el Tribunal Calificador presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de este
Excelentísimo Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista
de aprobados, las documentaciones acreditativas de las condiciones que para tomar parte en la oposición se
exigen en la base segunda que son:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, acompañada del original para su compulsa.
- Copia autentificada, (o fotocopia que deberá presentarse acompañada del original para su compulsa), de la
titulación requerida para participar en el proceso selectivo. Si esta documentación estuviese expedida
después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberán justificar el momento en que
concluyeron sus estudios.
- Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que impida el normal
ejercicio de la función, expedido por el personal facultativo médico, que podrá someter a la personas
seleccionada a cuantas pruebas de determinación considere conveniente.
Las personas aspirantes con diversidad funcional acreditarán los requisitos de estar afectados por un grado
de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y ser compatibles con las funciones propias del puesto,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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