Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (00448/2023)
Bases de la convocatoria, por el sistema de concurso-oposición, para la selección de una plaza de Operario de instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 448/2023
mediante certificado expedido por órgano competente.
Certificado de penales.
Las personas extranjeras, documentación acreditativa de no haber sido objeto de sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier
Administración o empleo público.
Asimismo, presentarán declaración de compatibilidad y de no percepción de haberes pasivos.
En cualquier caso, el Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar las comprobaciones necesarias para el
efectivo cumplimiento de todas las condiciones requeridas para el ejercicio de las funciones asignadas a las
plazas ofertadas.
Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o de personal laboral al Servicios del
Excelentísimo Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos
que ya tuvieran anteriormente acreditados ante el mismo.
Quienes dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o
presentándola, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos o incurrieran en falsedad, no podrá obtener
el nombramiento, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia; y las plazas que por dichas causas no se ocuparan,
quedarán vacantes o disponibles, por su orden de prelación, en el caso de que hubiera más personas
aspirantes que hayan superado el proceso.
Una vez aprobada la propuesta por la Alcaldía, las personas opositoras nombradas, deberán tomar posesión
en el plazo de 30 días hábiles, a contar del siguiente al de notificación del nombramiento. De no tomar
posesión en el plazo señalado perderán todos los derechos derivados de la superación del proceso selectivo y
del subsiguiente nombramiento conferido.
En el acto de la toma de posesión, el personal nombrado deberá prestar juramento o promesa de acatar la
Constitución y resto del ordenamiento jurídico.
Base undécima. Incidencias.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que presenten y tomar los acuerdo necesarios
para el buen orden del proceso selectivo, en todo lo no previsto en estas bases.
Base duodécima. Impugnación.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal
Calificador, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma previstos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Concretamente, contra las actuaciones del Tribunal Calificador, a partir del días siguiente a su publicación, las
personas aspirantes podrán presentar:
Durante dos días hábiles, las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas, que serán resueltas por el
propio Tribunal Calificador, o
Dentro del plazo de 1 mes, recurso de alzada, en general, contra los actos de trámites que impliquen la
imposibilidad de continuar en el procedimiento selectivo o produzcan indefensión, que será resuelto por la
Alcaldesa.
Base decimotercera.- Legislación aplicable.
En todo lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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mediante certificado expedido por órgano competente.
Certificado de penales.
Las personas extranjeras, documentación acreditativa de no haber sido objeto de sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier
Administración o empleo público.
Asimismo, presentarán declaración de compatibilidad y de no percepción de haberes pasivos.
En cualquier caso, el Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar las comprobaciones necesarias para el
efectivo cumplimiento de todas las condiciones requeridas para el ejercicio de las funciones asignadas a las
plazas ofertadas.
Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o de personal laboral al Servicios del
Excelentísimo Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos
que ya tuvieran anteriormente acreditados ante el mismo.
Quienes dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o
presentándola, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos o incurrieran en falsedad, no podrá obtener
el nombramiento, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia; y las plazas que por dichas causas no se ocuparan,
quedarán vacantes o disponibles, por su orden de prelación, en el caso de que hubiera más personas
aspirantes que hayan superado el proceso.
Una vez aprobada la propuesta por la Alcaldía, las personas opositoras nombradas, deberán tomar posesión
en el plazo de 30 días hábiles, a contar del siguiente al de notificación del nombramiento. De no tomar
posesión en el plazo señalado perderán todos los derechos derivados de la superación del proceso selectivo y
del subsiguiente nombramiento conferido.
En el acto de la toma de posesión, el personal nombrado deberá prestar juramento o promesa de acatar la
Constitución y resto del ordenamiento jurídico.
Base undécima. Incidencias.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que presenten y tomar los acuerdo necesarios
para el buen orden del proceso selectivo, en todo lo no previsto en estas bases.
Base duodécima. Impugnación.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal
Calificador, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma previstos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Concretamente, contra las actuaciones del Tribunal Calificador, a partir del días siguiente a su publicación, las
personas aspirantes podrán presentar:
Durante dos días hábiles, las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas, que serán resueltas por el
propio Tribunal Calificador, o
Dentro del plazo de 1 mes, recurso de alzada, en general, contra los actos de trámites que impliquen la
imposibilidad de continuar en el procedimiento selectivo o produzcan indefensión, que será resuelto por la
Alcaldesa.
Base decimotercera.- Legislación aplicable.
En todo lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
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