Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (00491/2023)
Bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a la adquisición de productos farmacéuticos y ortoprotésicos durante el año 2023
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 491/2023
En aquellas unidades de convivencia en que haya algún miembro con una discapacidad igual o superior al
65% o tuviera reconocida la situación de dependencia, con independencia del grado o nivel, se incrementará
un 10% por cada miembro de la unidad de convivencia.
En caso de préstamo hipotecario que la grave o satisfacerse renta por el alquiler de la vivienda habitual de
residencia del solicitante y su unidad de convivencia, se deducirá su importe mensual del total de los ingresos
de la unidad familiar, hasta un máximo del 50% del IPREM mensual, referido a 14 pagas, 350,00 euros como
máximo en 2023.
Se considerará unidad de convivencia la constituida por la persona solicitante y las demás que residan en el
mismo domicilio, medie o no entre ellas relación de parentesco.
Cuando en un mismo domicilio convivan parientes entre sí con cónyuge o pareja de hecho y/o descendencia
de ambos o cualquiera de ellos, o menores adoptados o en régimen de acogimiento familiar, se podrán
considerar unidades independientes para la concesión de la ayuda.
Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de las personas integrantes de la
unidad de convivencia:
- Prestación familiar por hijo a cargo menor de 18 años o mayor de dicha edad que esté afectado por una
discapacidad en grado igual o superior al 65%.
- Prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal, establecidas en
los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a la Dependencia.
- Becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones Públicas.
- Ayudas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas
públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la asistencia a
acciones de formación ocupacional.
Cuarta. Cuantía de las ayudas.
La cuantía mínima a conceder se establece en 300,00 euros, viéndose incrementada en la cantidad de 50,00
euros en el caso de haber más de un beneficiario de la misma unidad familiar, hasta un máximo de 500,00
euros, conforme al siguiente desglose:
N.º de beneficiarios de la unidad familiar
Cuantía (euros)
1
300,00
2
350,00
3
400,00
4
450,00
5
500,00
En los tratamientos ortoprotésicos, la ayuda será del 50% del coste total del producto.
Quinta. Solicitudes y tramitación.
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se iniciará mediante solicitud del interesado, formulada
conforme al modelo que será facilitado por la concejalía de Política Social y que podrá obtenerse asimismo en
la web municipal.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las presentes
bases, se presentarán en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, o por cualquiera
de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En aquellas unidades de convivencia en que haya algún miembro con una discapacidad igual o superior al
65% o tuviera reconocida la situación de dependencia, con independencia del grado o nivel, se incrementará
un 10% por cada miembro de la unidad de convivencia.
En caso de préstamo hipotecario que la grave o satisfacerse renta por el alquiler de la vivienda habitual de
residencia del solicitante y su unidad de convivencia, se deducirá su importe mensual del total de los ingresos
de la unidad familiar, hasta un máximo del 50% del IPREM mensual, referido a 14 pagas, 350,00 euros como
máximo en 2023.
Se considerará unidad de convivencia la constituida por la persona solicitante y las demás que residan en el
mismo domicilio, medie o no entre ellas relación de parentesco.
Cuando en un mismo domicilio convivan parientes entre sí con cónyuge o pareja de hecho y/o descendencia
de ambos o cualquiera de ellos, o menores adoptados o en régimen de acogimiento familiar, se podrán
considerar unidades independientes para la concesión de la ayuda.
Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de las personas integrantes de la
unidad de convivencia:
- Prestación familiar por hijo a cargo menor de 18 años o mayor de dicha edad que esté afectado por una
discapacidad en grado igual o superior al 65%.
- Prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal, establecidas en
los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a la Dependencia.
- Becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones Públicas.
- Ayudas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas
públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la asistencia a
acciones de formación ocupacional.
Cuarta. Cuantía de las ayudas.
La cuantía mínima a conceder se establece en 300,00 euros, viéndose incrementada en la cantidad de 50,00
euros en el caso de haber más de un beneficiario de la misma unidad familiar, hasta un máximo de 500,00
euros, conforme al siguiente desglose:
N.º de beneficiarios de la unidad familiar
Cuantía (euros)
1
300,00
2
350,00
3
400,00
4
450,00
5
500,00
En los tratamientos ortoprotésicos, la ayuda será del 50% del coste total del producto.
Quinta. Solicitudes y tramitación.
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se iniciará mediante solicitud del interesado, formulada
conforme al modelo que será facilitado por la concejalía de Política Social y que podrá obtenerse asimismo en
la web municipal.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las presentes
bases, se presentarán en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, o por cualquiera
de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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www.dip-badajoz.es/bop
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