Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. (00474/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la gestión de residuos de construcción y demolición del Ayuntamiento de Medina de las Torres
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Ayuntamiento de Medina de las Torres
Anuncio 474/2023
Se incluyen en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza los escombros y residuos generados en todo tipo de obra que
precise licencia municipal, incluidas las obras menores que no necesiten proyecto técnico, así como los actos comunicados,
que tengan lugar en el término municipal de Medina de las Torres.
Se excluyen de la regulación de esta Ordenanza las tierras o materiales no contaminantes procedentes de la excavación y
que vayan a ser reutilizados en la misma obra o en otra obra autorizada, condicionada a cumplir los requisitos especificados
más adelante.
Igualmente se excluyen los siguientes:
- Residuos catalogados en la legislación vigente como "peligrosos"; en todo caso los que figuran en la lista
incluida en el Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido; los que
hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que pueda aprobar el Gobierno de
conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España
sea parte.
- Enseres domésticos, maquinaria equipo industrial abandonado.
- Residuos industriales incluyendo lodos y fangos.
- Residuos procedentes de actividades agrícolas.
- Residuos contemplados en la legislación sobre minas.
- En general todos aquellos que según la legislación vigente se califican como "especiales" atendiendo a sus
características. En particular "amiantos, PVCs, envases y envoltorios de materiales de la construcción".
- Todos los residuos a que se refiere el artículo 2 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos
Contaminados.
- Los residuos de construcción y demolición excluidos por el artículo 3 del Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Artículo 3.- Normativa.
Las conductas reguladas por esta Ordenanza cumplirán las normas y demás disposiciones vigentes. En particular, y por su
especial vinculación con la materia objeto de la regulación, son de especial relevancia:
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelo Contaminados.
- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la
construcción y demolición.
- Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Plan Integral de Residuos 2009-2015, texto aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros con fecha
26/12/2008.
- Resolución de 29 de diciembre de 2016, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo del
Consejo de Gobierno de 28 de diciembre de 2016, por el que se aprueba el Plan Integrado de Residuos de
Extremadura (PIREX) 2016-2022.
- Plan Director de Gestión Integrada de Residuos de la C. A. de Extremadura, aprobado por Orden de 9 de
febrero de 2001 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.
- Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y
gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Artículo 4.- Definiciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se incluyen en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza los escombros y residuos generados en todo tipo de obra que
precise licencia municipal, incluidas las obras menores que no necesiten proyecto técnico, así como los actos comunicados,
que tengan lugar en el término municipal de Medina de las Torres.
Se excluyen de la regulación de esta Ordenanza las tierras o materiales no contaminantes procedentes de la excavación y
que vayan a ser reutilizados en la misma obra o en otra obra autorizada, condicionada a cumplir los requisitos especificados
más adelante.
Igualmente se excluyen los siguientes:
- Residuos catalogados en la legislación vigente como "peligrosos"; en todo caso los que figuran en la lista
incluida en el Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido; los que
hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que pueda aprobar el Gobierno de
conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España
sea parte.
- Enseres domésticos, maquinaria equipo industrial abandonado.
- Residuos industriales incluyendo lodos y fangos.
- Residuos procedentes de actividades agrícolas.
- Residuos contemplados en la legislación sobre minas.
- En general todos aquellos que según la legislación vigente se califican como "especiales" atendiendo a sus
características. En particular "amiantos, PVCs, envases y envoltorios de materiales de la construcción".
- Todos los residuos a que se refiere el artículo 2 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos
Contaminados.
- Los residuos de construcción y demolición excluidos por el artículo 3 del Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Artículo 3.- Normativa.
Las conductas reguladas por esta Ordenanza cumplirán las normas y demás disposiciones vigentes. En particular, y por su
especial vinculación con la materia objeto de la regulación, son de especial relevancia:
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelo Contaminados.
- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de residuos de la
construcción y demolición.
- Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Plan Integral de Residuos 2009-2015, texto aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros con fecha
26/12/2008.
- Resolución de 29 de diciembre de 2016, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo del
Consejo de Gobierno de 28 de diciembre de 2016, por el que se aprueba el Plan Integrado de Residuos de
Extremadura (PIREX) 2016-2022.
- Plan Director de Gestión Integrada de Residuos de la C. A. de Extremadura, aprobado por Orden de 9 de
febrero de 2001 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.
- Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y
gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Artículo 4.- Definiciones.
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