Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00325/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento interno Escuela Profesional Dual de Empleo "Apoyo a la Hostelería Campiña Sur"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa
Anuncio 325/2023
1.- Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad personal.
2.- A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad (dentro de los límites que establece la
normativa que regula el programa), raza, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un
sindicato, así como por razón de lengua.
3.- A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
4.- A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
5.- A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa tendrán derecho a:
1.- Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades
personales.
2.- Participar en el proyecto a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces que para tal
fin se dispongan.
3.- Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
DEBERES:
1.- Respetar la dignidad y el trabajo de las personas relacionadas con el proyecto, tanto directa como
indirectamente.
2.- Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
3.- Observar las medidas de prevención, seguridad e higiene que se adopten.
4.- Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
5.- Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa quedarán obligados a:
1.- Cumplir con las obligaciones derivadas del plan formativo y ejecutar de forma responsable las tareas que
se contemplan en el mismo.
2.- Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro.
3.- Respetar las instalaciones y medios puestos a su disposición.
DESCANSO SEMANAL, FIESTAS
1. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso semanal de dos días, como regla general, comprenderá
los días de sábado o domingo excepto si hubiere servicios, donde pasaría al día más inmediatamente dentro
de los 15 días siguientes al evento.
2. Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al
año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso, se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de
la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional
de España.
Respetando las expresadas en el párrafo anterior, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1.- Al respeto a su conciencia cívica y moral y a su dignidad personal.
2.- A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad (dentro de los límites que establece la
normativa que regula el programa), raza, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un
sindicato, así como por razón de lengua.
3.- A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
4.- A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
5.- A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa tendrán derecho a:
1.- Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades
personales.
2.- Participar en el proyecto a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces que para tal
fin se dispongan.
3.- Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
DEBERES:
1.- Respetar la dignidad y el trabajo de las personas relacionadas con el proyecto, tanto directa como
indirectamente.
2.- Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
3.- Observar las medidas de prevención, seguridad e higiene que se adopten.
4.- Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
5.- Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa quedarán obligados a:
1.- Cumplir con las obligaciones derivadas del plan formativo y ejecutar de forma responsable las tareas que
se contemplan en el mismo.
2.- Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro.
3.- Respetar las instalaciones y medios puestos a su disposición.
DESCANSO SEMANAL, FIESTAS
1. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso semanal de dos días, como regla general, comprenderá
los días de sábado o domingo excepto si hubiere servicios, donde pasaría al día más inmediatamente dentro
de los 15 días siguientes al evento.
2. Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al
año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso, se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de
la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional
de España.
Respetando las expresadas en el párrafo anterior, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de
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