Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (R06425/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 20/1/2023 sobre las bases de la convocatoria personal laboral fijo, por el sistema de concurso de méritos, de una plaza de Asesor/a Jurídico/a, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Barcarrota

Anuncio R 6425/2022

de licenciado en derecho, grado equivalente.
SEXTA.- Solicitudes.
Las solicitudes irán dirigidas a la Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barcarrota, se presentarán en el
Registro General del Ayuntamiento de Barcarrota en el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de
la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, personalmente o por cualquier
otro medio que autoriza el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas (en adelante Ley 39/2015). La no solicitud en tiempo y forma
supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
El domicilio que figure en la instancia será el único válido a efectos de notificación, siendo responsabilidad
exclusiva del aspirante la comunicación de cualquier cambio de domicilio, lo mismo ocurrirá con el número de
teléfono y de dirección de correo electrónico.
En el caso de presentarse las solicitudes de participación por cualquiera de los modos previstos en el articulo
16.4 de la Ley 39/2015, que no sea el Registro General del Ayuntamiento de Barcarrota, una copia de la
solicitud de participación deberá ser remitida al correo electrónico ayuntamiento@barcarrota.net, copia
exclusivamente de la solicitud dentro del mismo día de su presentación en el organismo correspondiente. No
será necesaria dicha comunicación cuando la solicitud se presente en sede electrónica.
Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en las
bases, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin perjuicio de la
obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
b) Fotocopia simple de la titulación académica oficial requerida en la convocatoria, sin perjuicio de la
obligación futura de la presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al título, un certificado
acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el organismo público
competente, así como el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición.
c) Resguardo acreditativo de haber hecho efectivo los derechos de examen, los cuales se fijan en la cantidad
de 40,00 € cuyo importe será integro se hará efectivo mediante ingreso bancario en el número de cuenta:
ES90 3009 0611 4348 2824 Caja Rural de Extremadura, indicando "Prueba selectiva Asesor Jurídico".
El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de participación en el proceso
selectivo, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo. El justificante de pago habrá de anexionarse a la
instancia. Sin el cumplimiento de la acreditación del ingreso junto con la instancia, decaerá el derecho del
aspirante a la admisión a las pruebas selectivas. En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de la presentación de la acreditación del mismo, en tiempo y
forma, junto con la solicitud.
d) Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud fotocopia de los documentos acreditativos de los
méritos alegados referidos a la Base Novena de la presente convocatoria. No será necesaria la compulsa de
los documentos que se presenten fotocopiados, bastando declaración responsable del interesado sobre la
autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en
cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Barcarrota
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos,
será la de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no
acreditados documentalmente en plazo.
SÉPTIMA.- Admisión de los aspirantes.
Las condiciones que deben tener los aspirantes para el acceso al proceso selectivo de conformidad con el artículo 56
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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