Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06429/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 28/12/2022 sobre las bases de la convocatoria acogidas al proceso de estabilización del empleo público por concurso-oposición de dos plazas de Auxiliar de Limpieza
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
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3.- Requisitos de los aspirantes.
3.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto para los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea en el art. 57 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a
desempeñar.
c) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso a la escala de Administración General. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite
su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
3.2 Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
4.- Solicitudes.
4.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud mediante instancia dirigida a
al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca, cuyo modelo se recoge en el anexo I, en
la cual los interesados deberán manifestar que conocen las presentes Bases y las aceptan y que reúnen todos
y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la
presentación de solicitudes.
4.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados desde el día siguiente al de la
fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
El anuncio de la convocatoria también se hará público en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. (https://sede.cabezalavaca.es/)
4.3.- Con la solicitud se presentarán los siguientes documentos:
Fotocopia DNI.
Fotocopia de las titulaciones exigidas.
Fotocopias de los documentos que acrediten los méritos a valorar (certificación acreditativa de los servicios
prestados en la administración correspondiente, titulaciones, cursos, contratos, informe de vida laboral...).
4.4.- Las solicitudes se podrán presentar:
a) Los/as interesados/as podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso de la Sede Electrónica
Municipal siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la
inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados
activados (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/ y en http://dnielectronico.es,
respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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3.- Requisitos de los aspirantes.
3.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto para los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea en el art. 57 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a
desempeñar.
c) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso a la escala de Administración General. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite
su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
3.2 Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
4.- Solicitudes.
4.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud mediante instancia dirigida a
al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca, cuyo modelo se recoge en el anexo I, en
la cual los interesados deberán manifestar que conocen las presentes Bases y las aceptan y que reúnen todos
y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la
presentación de solicitudes.
4.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados desde el día siguiente al de la
fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
El anuncio de la convocatoria también se hará público en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. (https://sede.cabezalavaca.es/)
4.3.- Con la solicitud se presentarán los siguientes documentos:
Fotocopia DNI.
Fotocopia de las titulaciones exigidas.
Fotocopias de los documentos que acrediten los méritos a valorar (certificación acreditativa de los servicios
prestados en la administración correspondiente, titulaciones, cursos, contratos, informe de vida laboral...).
4.4.- Las solicitudes se podrán presentar:
a) Los/as interesados/as podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso de la Sede Electrónica
Municipal siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la
inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados
activados (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/ y en http://dnielectronico.es,
respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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