Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06422/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso, una plaza de Auxiliar de Biblioteca
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván

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El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en cada convocatoria específica. En ningún
caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo, considerando que el plazo definitivo para presentar
documentación es la aprobación de la lista definitiva.
En caso de empate en la fase de concurso, el mismo se dirimirá a favor del candidato que acredite el mayor número de
meses completos prestando sus servicios en el puesto objeto de la convocatoria en el Ayuntamiento de Arroyo de San
Serván.
El Tribunal podrá requerir a los/as aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha realizado cualquier tipo
de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con
los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta motivada
de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes
admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las calificaciones de los
aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan. Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente del
proceso selectivo.
Séptima.- Resolución de la convocatoria y constitución de lista de espera: Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, siendo publicada
dicha relación el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica, debiendo el aspirante propuesto acreditar, en el
plazo de veinte días hábiles siguientes al de la publicación, que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la
convocatoria y que tiene capacidad funcional para el desempeño de las tareas, aportando:
1. El Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la nacionalidad. El
documento que se presente deberá encontrarse en vigor. En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas
selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países miembros de la
Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de
parentesco y una declaración jurada o promesa del/de la español/a o nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala
de personal laboral fijo en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Asimismo, declaración jurada o promesa de no
hallarse incurso en alguna de las causas legales de incapacidad o incompatibilidad. Quien no tenga la nacionalidad española
deberá presentar una declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
3. Titulación exigida en las bases específicas, o justificante del abono de las tasas para su expedición. Los/as aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
Los/as aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario deberán acreditar dicho reconocimiento.
4. Acreditación documental de otros requisitos específicos exigidos, en su caso, para el desempeño del puesto adjudicado.
5. La capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza se acreditará mediante certificado médico
expedido por los servicios médicos determinados por la Institución convocante en el que se acredite que el aspirante posee
la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y que no se padece enfermedad o limitación física o psíquica que
impida ese desempeño. A tal efecto, las personas seleccionadas se someterán a las pruebas y reconocimientos médicos
oportunos. La negativa a realizar dichas pruebas supondrá la exclusión del proceso selectivo.
6. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el expediente de personal del Ayuntamiento de Arroyo de San
Serván, en cuyo caso bastará su alegación en plazo para ser tenidos en cuenta. Corresponde a cada participante el análisis
del contenido de su expediente de personal y la comprobación de que en el mismo constan los documentos originales o
copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de participación en el proceso selectivo.
En todo caso, el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván confeccionará un certificado de servicios previos con referencia a la
fecha de finalización del plazo de finalización de instancias para cada uno de los/as aspirantes que presten servicios en dicha
Administración y concurran al proceso selectivo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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