Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06422/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso, una plaza de Auxiliar de Biblioteca
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván
Anuncio 6422/2022
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
La elección de destinos se efectuará según el orden en el que las personas seleccionadas se encuentren en la clasificación
definitiva del proceso selectivo. A estos efectos, al finalizar el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán
todas y todos los candidatos que hayan superado el concurso, ordenados por la puntuación total obtenida. No obstante, si
las plazas a ofertar fueran distintas dotaciones del mismo puesto o, siendo puestos distintos, sus características fueran
iguales o similares, se prescindirá del trámite de elección de destinos y la propuesta del Tribunal Calificador dará lugar, sin
más trámites, a la relación provisional de personas seleccionadas.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del
plazo de un mes a contar desde la terminación de los veinte días anteriores.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días
siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega
de una copia básica de los contratos celebrados. El aspirante seleccionado deberá superar el período de prueba de un plazo
de dos meses.
En el acta de la última sesión, se incluirá una relación de los/as aspirantes que no habiendo sido seleccionados para su
contratación, a los efectos de que si por cualquier circunstancia el/la aspirante aprobado/a no hubiera sido contratado (o no
hubiera superado el periodo de prácticas/prueba), pudieran serlo, por orden de puntuación.
Con independencia de lo anterior, los aspirantes que hayan superado al menos una puntuación de 4 en el concurso,
pasarán a constituir una lista de espera con el fin de atender futuras necesidades en la contratación/ de personal en la
categoría/subgrupo, dejando sin efecto las listas de espera anteriores.
El integrante de la lista que obtenga un contrato de trabajo o un nombramiento como funcionario/a podrá solicitar la
situación de suspensión en la lista, y una vez que finalice su contrato de trabajo o nombramiento se levantará la suspensión
en la lista de espera (siempre que se comunique dicha finalización por el aspirante), quedando en el mismo puesto que le
corresponda en relación con los puntos obtenidos.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado (o la renuncia durante la vigencia de un contrato) supondrá el pase del
aspirante al último lugar de la lista de espera, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
- Parto, baja por maternidad, paternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta lista de espera tendrá una vigencia máxima de 1 año, desde la resolución de la constitución de la lista.
Los llamamientos se realizarán siempre por el orden de prelación en la lista correspondiente, sin perjuicio de lo dispuesto en
los párrafos siguientes.
Las comunicaciones de las ofertas de trabajo se realizarán por correo electrónico al designado en la solicitud (de forma
obligatoria), y por vía telefónica o por cualquier medio que permita una comunicación inmediata y ágil con la persona
interesada.
El Ayuntamiento realizará un máximo de tres intentos de comunicación. La persona integrante de la lista de espera
contactada deberá aceptar o rechazar la oferta en un plazo máximo de 48 horas. En el caso de no haber sido posible el
contacto, o si la oferta fuera rechazada, se realizará la misma a la siguiente persona de la lista, por orden de puntuación. En
el caso de no haber podido contactar con la persona, ésta pasará a la situación de "ilocalizable", dejando constancia de ello
con el envío de una carta certificada al domicilio particular designado en la solicitud, expresando dicha circunstancia.
Hasta tanto no se produzca el inicio de la relación laboral, el/la aspirante seleccionado/a no tendrá derecho a percepción
económica alguna.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
Octava.- Incidencias: El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación
de las presentes bases y su desarrollo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
La elección de destinos se efectuará según el orden en el que las personas seleccionadas se encuentren en la clasificación
definitiva del proceso selectivo. A estos efectos, al finalizar el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán
todas y todos los candidatos que hayan superado el concurso, ordenados por la puntuación total obtenida. No obstante, si
las plazas a ofertar fueran distintas dotaciones del mismo puesto o, siendo puestos distintos, sus características fueran
iguales o similares, se prescindirá del trámite de elección de destinos y la propuesta del Tribunal Calificador dará lugar, sin
más trámites, a la relación provisional de personas seleccionadas.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del
plazo de un mes a contar desde la terminación de los veinte días anteriores.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días
siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega
de una copia básica de los contratos celebrados. El aspirante seleccionado deberá superar el período de prueba de un plazo
de dos meses.
En el acta de la última sesión, se incluirá una relación de los/as aspirantes que no habiendo sido seleccionados para su
contratación, a los efectos de que si por cualquier circunstancia el/la aspirante aprobado/a no hubiera sido contratado (o no
hubiera superado el periodo de prácticas/prueba), pudieran serlo, por orden de puntuación.
Con independencia de lo anterior, los aspirantes que hayan superado al menos una puntuación de 4 en el concurso,
pasarán a constituir una lista de espera con el fin de atender futuras necesidades en la contratación/ de personal en la
categoría/subgrupo, dejando sin efecto las listas de espera anteriores.
El integrante de la lista que obtenga un contrato de trabajo o un nombramiento como funcionario/a podrá solicitar la
situación de suspensión en la lista, y una vez que finalice su contrato de trabajo o nombramiento se levantará la suspensión
en la lista de espera (siempre que se comunique dicha finalización por el aspirante), quedando en el mismo puesto que le
corresponda en relación con los puntos obtenidos.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado (o la renuncia durante la vigencia de un contrato) supondrá el pase del
aspirante al último lugar de la lista de espera, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
- Parto, baja por maternidad, paternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta lista de espera tendrá una vigencia máxima de 1 año, desde la resolución de la constitución de la lista.
Los llamamientos se realizarán siempre por el orden de prelación en la lista correspondiente, sin perjuicio de lo dispuesto en
los párrafos siguientes.
Las comunicaciones de las ofertas de trabajo se realizarán por correo electrónico al designado en la solicitud (de forma
obligatoria), y por vía telefónica o por cualquier medio que permita una comunicación inmediata y ágil con la persona
interesada.
El Ayuntamiento realizará un máximo de tres intentos de comunicación. La persona integrante de la lista de espera
contactada deberá aceptar o rechazar la oferta en un plazo máximo de 48 horas. En el caso de no haber sido posible el
contacto, o si la oferta fuera rechazada, se realizará la misma a la siguiente persona de la lista, por orden de puntuación. En
el caso de no haber podido contactar con la persona, ésta pasará a la situación de "ilocalizable", dejando constancia de ello
con el envío de una carta certificada al domicilio particular designado en la solicitud, expresando dicha circunstancia.
Hasta tanto no se produzca el inicio de la relación laboral, el/la aspirante seleccionado/a no tendrá derecho a percepción
económica alguna.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
Octava.- Incidencias: El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación
de las presentes bases y su desarrollo.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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