Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06492/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Auxiliar Administrativo, como personal funcionario, dentro del proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Monesterio

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o mejora, dicho trámite solo podrá realizarse sobre lo ya presentado. No pudiendo ser valorada por el Tribunal.
La persona candidata deberá rellenar y presentar el auto baremo del anexo II.
El auto baremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación
definitiva, en todo caso, la fijada por el Tribunal de Selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso, conforme a estas bases y en especial:
Informe de vida laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
Contratos de trabajo o certificado de servicios prestados en Administración Pública distinta del Ayuntamiento de
Monesterio emitido por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos,
denominación de la plaza, grupo de clasificación y duración de la jornada.
Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
La antigüedad y experiencia laboral en el Ayuntamiento de Monesterio. Se comprobará de oficio.
Todos los documentos que se presenten irán numerados de forma correlativa, comenzando por el número uno y en el
orden que se establece en el modelo de auto baremo, es decir, primero los documentos referentes a la experiencia
profesional y a continuación los relativos a los de formación. De esta forma el número de documento que se indique en el
modelo de auto baremo debe coincidir con el número asignado al documento que se adjunta.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
6.2.1.- Experiencia laboral (máximo 8 puntos).
En caso de presentarse contratos de trabajo a tiempo parcial, se tendrá en cuenta la jornada efectivamente
trabajada en la proporción que se haya realizado.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la modalidad de
contratos de trabajo temporales de colaboración social, celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de
25 de junio.
6.2.1.a.- Un máximo de seis puntos, por el desempeño en el Ayuntamiento de Monesterio de
puestos de Auxiliar Administrativo o superior con funciones asimilables a cuerpos o escalas de
administración general como personal funcionario interino, personal laboral fijo, o temporal, o
personal laboral indefinido no fijo, en base a lo establecido en la disposición adicional sexta de
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad
en el empleo público.
Se otorgaran 0,30 puntos por cada mes completo de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos inferiores por días. A estos efectos, los meses, se consideraran
de 30 días.
Este extremo se justificará de oficio por el propio Ayuntamiento que lo remitirá al Tribunal de
Selección.
6.2.1.b.- Un máximo de dos puntos, por el desempeño del puesto de trabajo de la categoría
convocada, de auxiliar administrativo o superior con funciones asimilables a cuerpos o escalas
de administración general como personal funcionario interino, personal laboral fijo, o
temporal, o personal laboral indefinido no fijo en cualquier otra Administración o entidad
pública.
Se otorgaran 0,15 puntos por cada mes completo de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos inferiores por días. A estos efectos, los meses, se consideraran
de 30 días.
La acreditación de los servicios prestados en las distintas administraciones públicas deberá
hacerse obligatoriamente mediante la presentación de la certificación contenida en el anexo I
del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley
70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración
Pública.
6.2.1.c.- Un máximo de un punto por Servicios prestados en entidades privadas, en puestos de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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