Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06492/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Auxiliar Administrativo, como personal funcionario, dentro del proceso de estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Monesterio
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trabajo de Auxiliar Administrativo o superior, con funciones asimilables a cuerpos o escalas de
administración general (grupo de cotización 07 o superior), 0,04 puntos por mes completo de
servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y
contratos), si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará
proporcionalmente.
6.2.2.- Méritos académicos u otro méritos ( máximo 1 puntos).
Se valorará la titulación superior a la requerida en la convocatoria con 1 puntos por licenciatura o diplomatura
(o título de Grado equivalente) y 0,5 punto por título de Bachiller, Técnico, Técnico Superior (o equivalente).
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia auténtica de la
titulación correspondiente.
6.2.3.- Cursos de formación.- Los cursos se valorarán hasta un máximo de 1 puntos. No se tendrá en cuenta la
titulación ya valorada en el apartado anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en
colaboración/ convocados /financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública, debidamente acreditados, y en los que
conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta
(de acuerdo con las funciones fijadas para el puesto en la RPT), atendiendo al siguiente desglose:
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 punto por actividad.
A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas y a 0,10 puntos.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
A efectos de valoración se deberá aportar copia compulsada del diploma de asistencia al curso en el que
figure el nombre de la persona, en calidad de alumno activo, o docente, y el número de horas de duración, o
certificado de la entidad organizadora.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
Séptima.- Incidencias.- El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que
acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha realizado cualquier tipo
de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con
los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta motivada
de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes
admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para posibles
reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar, la lista definitiva de aspirantes por orden de puntuación.
En caso de que, dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1.
2.
3.
4.
Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.2) Experiencia en el Ayuntamiento de Monesterio.
Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.3) Experiencia en otras Administraciones Públicas.
Mayor puntuación en el apartado b) de formación.
Por sorteo.
Octava.- Resolución de la Convocatoria.
8.1.- Una vez finalizado el concurso, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación y
remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como personal laboral fijo de quien haya obtenido la
mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición personal laboral fijo de un número superior de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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trabajo de Auxiliar Administrativo o superior, con funciones asimilables a cuerpos o escalas de
administración general (grupo de cotización 07 o superior), 0,04 puntos por mes completo de
servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y
contratos), si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará
proporcionalmente.
6.2.2.- Méritos académicos u otro méritos ( máximo 1 puntos).
Se valorará la titulación superior a la requerida en la convocatoria con 1 puntos por licenciatura o diplomatura
(o título de Grado equivalente) y 0,5 punto por título de Bachiller, Técnico, Técnico Superior (o equivalente).
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia auténtica de la
titulación correspondiente.
6.2.3.- Cursos de formación.- Los cursos se valorarán hasta un máximo de 1 puntos. No se tendrá en cuenta la
titulación ya valorada en el apartado anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en
colaboración/ convocados /financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública, debidamente acreditados, y en los que
conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta
(de acuerdo con las funciones fijadas para el puesto en la RPT), atendiendo al siguiente desglose:
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 punto por actividad.
A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas y a 0,10 puntos.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
A efectos de valoración se deberá aportar copia compulsada del diploma de asistencia al curso en el que
figure el nombre de la persona, en calidad de alumno activo, o docente, y el número de horas de duración, o
certificado de la entidad organizadora.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
Séptima.- Incidencias.- El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que
acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha realizado cualquier tipo
de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con
los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta motivada
de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes
admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para posibles
reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar, la lista definitiva de aspirantes por orden de puntuación.
En caso de que, dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1.
2.
3.
4.
Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.2) Experiencia en el Ayuntamiento de Monesterio.
Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.3) Experiencia en otras Administraciones Públicas.
Mayor puntuación en el apartado b) de formación.
Por sorteo.
Octava.- Resolución de la Convocatoria.
8.1.- Una vez finalizado el concurso, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación y
remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como personal laboral fijo de quien haya obtenido la
mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición personal laboral fijo de un número superior de
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