Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrefresneda. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06377/2023)
Bases de la convocatoria del concurso de méritos para la provisión de plazas en las plantillas de personal funcionario y laboral correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Torrefresneda

Anuncio 6377/2022

7.1.- Desarrollo.
Tras la publicación en el tablón de anuncios digital de la entidad local menor de Torrefresneda de las listas
definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, se convocarán los respectivos Tribunales de
selección, uno por cada grupos económicos del personal laboral de acuerdo con la base sexta apartado
tercero, al objeto de proceder a la baremación de los méritos relacionados con los servicios prestados como
personal funcionario interino o personal contratado laboral, así como cualquier relación distinta con la
Administración Local, en la categoría de plaza a la que opta.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras administraciones públicas habrá de ser aportado
de conformidad con lo establecido en lo establecido en el apartado 4 de esta base durante el tiempo de 20
días hábiles establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso selectivo.
7.2.- Baremación del concurso de méritos:
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la
experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional
de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las
disposiciones adicionales 6.º y 8.º, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta
antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo
largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y más en concreto en esta
Corporación, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido esta, la que
al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de
la doctrina del TJUE.
1. Solo serán tenidos en cuenta servicios prestados en plazas de igual Grupo Económico de
personal laboral, a la que se opta, los servicios prestados como personal funcionario interino o
como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento
interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
2. Solo será tenida en cuenta la antigüedad conforme al apartado 1. anterior.
3. Méritos que se computan (máximo 100 puntos):

Experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opta

E.L.M. de Torrefresneda Otra administración

Servicios prestados desde 01/01/2016, a la fecha de último día de la
convocatoria.

0,666 /mes

0,222 /mes

Servicios prestados desde 01/01/2006 hasta 31/12/2015.

0,333 /mes

0,111/mes

Los servicios de duración inferior a un mes se sumarán por días y se reducirán a meses de treinta días.
La experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opta ha de ser entendida con independencia
de la vinculación funcionarial o laboral en la que se haya prestado, acreditándose según lo dispuesto en el
apartado cuarto de la presente base.
7.3.- En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este
orden:
- Ocupación, en su caso, de las plazas de igual denominación a la que se opte.
- Mayor experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opte en el la entidad local
menor de Torrefresneda.
- Mayor experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opte en otras
administraciones públicas.
- Mayor edad.
- Sexo más subrepresentado en las plazas de igual denominación a la que se opte.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 11