Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrefresneda. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06377/2023)
Bases de la convocatoria del concurso de méritos para la provisión de plazas en las plantillas de personal funcionario y laboral correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización
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Ayuntamiento de Torrefresneda

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7.4.- Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional:
a) Criterios generales:
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente,
despreciándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
b) Los servicios prestados en la entidad local menor de Torrefresneda:
No habrán de ser acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el
apartado uno de la presente base, siendo estos aportados de oficio.
c) Los servicios prestados en otras administraciones públicas:
La experiencia profesional se acreditará a través de certificado de servicios prestados
emitido por el órgano competente de la administración donde se hubiesen efectuado,
indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y porcentaje de
duración de la jornada.
7.5.- Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de selección.
Una vez baremado los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará en tablón de
anuncios digital de la entidad local menor de Torrefresneda las puntuaciones obtenidas por las personas
aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a
partir del día siguiente a la publicación en sede electrónica de las mismas.
Sin perjuicio de cuanto antecede, las específicas convocatorias de cada plaza podrán indicar que se evaluarán,
además de los méritos ya descritos, otros relativos a titulaciones, formación relacionada con la plaza que se
convoque o superación previa de otros procesos selectivos relacionados con la plaza convocada.
7.6.- Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal Calificador para resolver las alegaciones a las puntuaciones, este publicará
posteriormente en tablón de anuncios digital, la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas
aprobadas, con indicación de la puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Presidencia de la
Corporación.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas
personas aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas
según la elección de estas siguiendo el orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
Octava.- Presentación de documentos.
Las personas aprobadas a que se refiere la base anterior aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días
hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de personas aprobadas, relación de
los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en las bases segunda, tercera.
Toda la documentación se entregará mediante fotocopia de la misma, que deberá corresponderse fielmente con su original,
bajo su responsabilidad.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida, o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán nombrarse o contratarse y quedarán
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la
solicitud o documentación aportada para tomar parte en el proceso de selección. En este caso se procederá conforme a lo
dispuesto en el siguiente párrafo de la presente base.
Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias, o cuando
alguna de las personas seleccionadas carezca de los requisitos señalados en las bases segunda, o tercera, o habiendo sido
nombrada o contratada, no tomase posesión o no aceptase el contrato en el plazo previsto en la base novena, la Alcaldía
podrá nombrar o contratar a las personas aspirantes que, sigan por orden de puntuación, a las personas propuestas para
su posible nombramiento como funcionario de carrera o su contratación como personal laboral, según corresponda.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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