Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00188/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal número 31, reguladora del precio público por la prestación del servicio del centro de día
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de La Codosera
Anuncio 188/2023
Artículo 5.º.- Tarifa.
a) Por servicios prestados a usuarios en el centro:
a.1) Usuarios Válidos o dependientes de grado I sin recurso asignado, en plazas
subvencionadas: 290,00 euros/mes.
a.2) Usuarios Dependientes de Grado II y Grado III en plazas conveniadas: 25% *(1) de las
rentas de la unidad familiar, nunca superior a la tasa o precio público establecido por la Junta
de Extremadura.
a.3) Usuarios Dependientes de Grado I, Grado II y Grado III en plazas acreditadas y con recurso
asignado por el SEPAD:
- Grado I: 400,00 euros/mes.
- Grado II: 526,00 euros/mes.
- Grado III: 650,00 euros/mes.
b) Por servicios prestados a usuarios en el centro por días sueltos, siempre y cuando no estén cubiertas todas
las plazas del centro:
- Por estancia completa incluyendo servicio de comedor: 15,00 euros/día.
- Por estancia sin comedor: 6,00 euros/día.
- Por servicio de comida: 7,00 euros/día.
- Por servicio de comida y merienda: 8,00 euros/día.
c) Por utilización del Servicio Municipal de Comidas fuera del centro para usuarios dependientes y autónomos
que cumplan los requisitos (Decreto 86/2017, de 13 de junio):
- Por mes completo (30 días) comida y cena: 300,00 euros/mes.
- Por mes completo (30 días) comida o cena: 165,00 euros/mes.
- Por días sueltos, comida y cena: 12,00 euros/día.
- Por días sueltos, comida o cena: 6,00 euros/día.
*(1) Serán considerados todos los ingresos económicos de la unidad familiar, es decir la compuesta por el
pensionista y, en su caso, el cónyuge. A estos efectos serán considerados ingresos económicos de la unidad
familiar los obtenidos por los siguientes conceptos:
a) Rendimientos netos derivados del trabajo, pensiones y prestaciones, incluidas las pagas
extraordinarias.
b) Rendimientos netos obtenidos de los capitales inmobiliarios (rústicos y urbanos). Se
contabilizarán el 100% de estos ingresos. Los ingresos o rentas netas obtenidos del capital
mobiliario.
El cálculo de la pensión se realizará multiplicando la cuantía de la misma por catorce meses y dividiendo el
resultado obtenido entre doce meses.
Todos los precios establecidos se contemplan con el IVA incluido.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 6
Anuncio 188/2023
Artículo 5.º.- Tarifa.
a) Por servicios prestados a usuarios en el centro:
a.1) Usuarios Válidos o dependientes de grado I sin recurso asignado, en plazas
subvencionadas: 290,00 euros/mes.
a.2) Usuarios Dependientes de Grado II y Grado III en plazas conveniadas: 25% *(1) de las
rentas de la unidad familiar, nunca superior a la tasa o precio público establecido por la Junta
de Extremadura.
a.3) Usuarios Dependientes de Grado I, Grado II y Grado III en plazas acreditadas y con recurso
asignado por el SEPAD:
- Grado I: 400,00 euros/mes.
- Grado II: 526,00 euros/mes.
- Grado III: 650,00 euros/mes.
b) Por servicios prestados a usuarios en el centro por días sueltos, siempre y cuando no estén cubiertas todas
las plazas del centro:
- Por estancia completa incluyendo servicio de comedor: 15,00 euros/día.
- Por estancia sin comedor: 6,00 euros/día.
- Por servicio de comida: 7,00 euros/día.
- Por servicio de comida y merienda: 8,00 euros/día.
c) Por utilización del Servicio Municipal de Comidas fuera del centro para usuarios dependientes y autónomos
que cumplan los requisitos (Decreto 86/2017, de 13 de junio):
- Por mes completo (30 días) comida y cena: 300,00 euros/mes.
- Por mes completo (30 días) comida o cena: 165,00 euros/mes.
- Por días sueltos, comida y cena: 12,00 euros/día.
- Por días sueltos, comida o cena: 6,00 euros/día.
*(1) Serán considerados todos los ingresos económicos de la unidad familiar, es decir la compuesta por el
pensionista y, en su caso, el cónyuge. A estos efectos serán considerados ingresos económicos de la unidad
familiar los obtenidos por los siguientes conceptos:
a) Rendimientos netos derivados del trabajo, pensiones y prestaciones, incluidas las pagas
extraordinarias.
b) Rendimientos netos obtenidos de los capitales inmobiliarios (rústicos y urbanos). Se
contabilizarán el 100% de estos ingresos. Los ingresos o rentas netas obtenidos del capital
mobiliario.
El cálculo de la pensión se realizará multiplicando la cuantía de la misma por catorce meses y dividiendo el
resultado obtenido entre doce meses.
Todos los precios establecidos se contemplan con el IVA incluido.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 6